Publicado el 9 abr de 202648 páginasEn el mensaje «ENMIENDA PROCESO EDENORTE-MAE-PEEN-2026-0003 RECONDUCCIÓN DE CIRCUITOS POR AGOTAMIENTO, PRIMERA CONVOCATORIA»
El documento presenta el pliego enmendado del procedimiento de emergencia EDENORTE-MAE-PEEN-2026-0003 para reconducir circuitos, con valor referencial de RD$149,512,339.51 distribuido en seis lotes. Establece evaluación técnica y financiera, adjudicación por menor precio y ejecución de hasta 120 días por proyecto. Incluye un plazo mínimo de pago de 30 días calendario tras la aprobación de las facturas y designa a Natanael Andrés Crisostomo Fernandez como supervisor del contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego describe una única etapa que incluye la recepción y apertura de las ofertas técnicas y económicas, aunque más adelante dispone abrir la oferta económica tras conocer quiénes fueron habilitados técnicamente. Esa contradicción puede comprometer la confidencialidad y la secuencia de evaluación; la Ley dispone que la oferta económica se abra en fecha distinta y posterior a la evaluación técnica final.
“la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en una única etapa: Es decir, que la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas económicas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
La sección de credenciales financieras calcula la línea alternativa como 30 % del valor referencial de los dos lotes de mayor cuantía en los que se participa, o del lote único; la tabla de evaluación, en cambio, exige 30 % del valor referencial de todo el proceso. La diferencia puede alterar sustancialmente qué oferentes cumplen la solvencia y requiere aclarar cuál regla se aplicará.
“por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor referencial de los dos (2) lotes de mayor cuantía para los cuales participa, o del lote único en caso de intervenir en uno (1) solo.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego permite acreditar la disponibilidad futura de recursos humanos, vehículos y equipos mediante declaraciones de que estarán disponibles hasta cinco días después de la adjudicación, y prevé comprobarlos posteriormente. La regla traslada a después de la selección la verificación de medios necesarios para ejecutar la obra, por lo que conviene revisar su efecto sobre la evaluación efectiva de capacidad.
“de resultar adjudicado, en un periodo no mayor a los cinco (5) días posteriores a la adjudicación, tendrá disponible en su estructura el total de los recursos humanos requeridos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Para validar cada experiencia que el oferente detalle, el pliego pide copia de tres contratos y certificaciones de satisfacción de cada uno. Al no precisar en este texto un número máximo de experiencias que puedan declararse, la exigencia puede acumular una carga documental considerable; conviene verificar su proporcionalidad con los lotes y la naturaleza del objeto.
“Para validar la veracidad de las informaciones suministradas y respecto de la experiencia profesional que acredita poseer, deberá presentar cada uno de los siguientes documentos: (i) Copia de tres (3) contratos de Obra de cada experiencia d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona