El acto RES-CC-154-2026, de fecha 2026-04-09, enmienda el pliego del proceso de emergencia EDENORTE-MAE-PEEN-2026-0003. Incorpora un plazo mínimo de 30 días calendario para el pago tras la recepción, revisión y aprobación de las facturas, y identifica por nombre al responsable de supervisar el contrato; el documento indica que no modifica el objeto del proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Numeral 11, Condiciones de pago y retencionesPlazo de pago de facturas | El pliego describía el anticipo, su amortización y el pago del saldo mediante cubicaciones aprobadas, pero no expresaba un plazo para efectuar los pagos. | Tras recibir, revisar y aprobar las facturas, se establece un plazo mínimo de pago de 30 días calendario; además, se dispone que las facturas se presenten del día 1 al 15 de cada mes. | Aclara |
| Sección III, Disposiciones Generales para el Contrato, acápite 6Identificación del supervisor del contrato | El pliego identificaba únicamente el cargo de Gerente de Obras, Gerencia de Obras, como supervisor o responsable del contrato. | Se identifica a Natanael Andrés Crisostomo Fernandez como supervisor o responsable del contrato, perteneciente a la Gerencia de Obras. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona