El Aviso de Enmienda No. 1 modifica el pliego del proceso DASAC-MAE-PEUR-2026-0001: precisa una muestra por cada ítem ofertado y sustituye los anexos por versiones REV-01. Reduce el listado de 38 a 33 productos y el valor referencial de RD$1,083,465,000.00 a RD$883,965,000.00; el encabezado dice 30/03/2026, mientras que el cierre del documento consigna que fue emitido el 31/03/2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se eliminan parámetros verificables para controlar el porcentaje de granos yesosos y dañados por calor en el arroz..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Numeral 4 — Evaluación de muestrasCantidad de muestras requeridas
Se exigían muestras de todos los ítems en que se quisiera participar, sin precisar la cantidad por ítem.
Se requiere una (1) muestra de cada ítem en que se quiera participar.
Aclara
Numerales 2 y 5 — Objeto y valor referencialProductos incluidos y monto estimado
El pliego incluía 38 productos y un valor referencial de RD$1,083,465,000.00.
La enmienda sustituye el listado por 33 productos y fija el valor referencial en RD$883,965,000.00; elimina canela, clavo dulce, galletas de leche, habichuela roja y malagueta.
Neutral
Numeral 3 — Especificaciones técnicas, arroz en funda de 5 librasTolerancias de calidad del arroz
La especificación incluía límites para granos yesosos (6.0%) y dañados por calor (1.5%).
La versión REV-01 ya no consigna esos dos límites; mantiene los de granos partidos, granos dañados e impurezas.
RelajaQuita un control: Se eliminan parámetros verificables para controlar el porcentaje de granos yesosos y dañados por calor en el arroz.
Numeral 3 — Especificaciones técnicas, azúcar en funda de 2 librasPresentación del producto
La especificación indicaba funda de 2 libras, sin precisar en ese apartado el fardo.
La versión REV-01 indica funda de 2 libras y fardo 20/1.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona