El informe preliminar, fechado el 24 de marzo de 2026, evalúa las ofertas económicas del proceso de subasta inversa DASAC-CCC-SI-2026-0002 y registra 24 oferentes habilitados para el Sobre B, con importes desde RD$2,218,400.00 hasta RD$423,009,912.60. No adjudica ni determina un ganador; recomienda la evaluación de las ofertas económicas. Se observan diferencias entre algunos importes y la atribución de una oferta en el informe y los datos del portal, que requieren conciliación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe atribuye RD$80.598.000 a Factoría José Galán, mientras que los datos del portal registran ese importe para Omar Elpidio Graciano Santelises y muestran RD$0 pendiente para Factoría José Galán. La diferencia de identidad debe aclararse antes de usar estos datos en la evaluación o en la puja; el estado pendiente del portal podría indicar que aún no estaba actualizado.
“9 FACTORÍA JOSÉ GALÁN SRL [RNC] 3266 80,598,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 49 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 49 — Responsabilidad institucional y supervisión
Artículo 49.- Responsabilidad institucional y supervisión. Las instituciones contratantes son responsables de la veracidad, exactitud y actualización de la información que registren en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El incumplimiento de las obligaciones de registro o publicación puede dar lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o civiles que correspondan. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe ejercer funciones de monitoreo, control y asistencia técnica sobre el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, y puede realizar auditorías informáticas…
Para Celna Enterprises el informe consigna RD$422.036.285,80, frente a RD$422.936.286 en el portal; para Marenas consigna RD$442.485.825,40, frente a RD$422.485.825. Son diferencias materiales que deben conciliarse con las ofertas originales; el portal puede estar atrasado o los importes del informe contener errores de transcripción.
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 49 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 49 — Responsabilidad institucional y supervisión
Artículo 49.- Responsabilidad institucional y supervisión. Las instituciones contratantes son responsables de la veracidad, exactitud y actualización de la información que registren en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El incumplimiento de las obligaciones de registro o publicación puede dar lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o civiles que correspondan. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe ejercer funciones de monitoreo, control y asistencia técnica sobre el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, y puede realizar auditorías informáticas…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Habilitado
—
RD$34,974,000
Grupo Biserici, SRLIncluido en la tabla de oferentes habilitados para presentar oferta económica en el Sobre B.
Habilitado
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RD$29,295,000
Grupo Zomo, SRLIncluido en la tabla de oferentes habilitados para presentar oferta económica en el Sobre B.