El acta UTECT-2026-0010, de 2026-02-18, aprueba el informe pericial justificativo y recomienda utilizar la excepción por proveedor único para alquilar tres locales comerciales. También designa tres peritos y autoriza a la División de Compras y Contrataciones a iniciar los trámites del proceso UTECT-CCC-PEPU-2026-0002.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta designa tres peritos y sus cargos, pero ninguno aparece identificado como responsable financiero o económico. La Ley y el Reglamento establecen como integración mínima un perito técnico, uno financiero o económico y uno legal para estos procedimientos; conviene verificar si la designación y el análisis económico contaron con el perfil requerido.
“DESiGNAR, como al efecto DESIGNA, a los Peritos, senores: Claudio Bello, Encargado de la Division de Servicios Generales; Eddy Francisco Lopez Rodriguez, Auxiliar de Almacen y Suministro; y Esmirna de Leon Ledesma, Paralegal del Departament”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
El acta registra que un analista legal participa en representación de la encargada del Departamento Jurídico, pero no consigna una circunstancia habilitante ni la validación de la delegación por el Comité. El Reglamento prevé la delegación temporal de miembros bajo supuestos determinados y exige que sea validada y conste en acta; corresponde comprobar esos extremos en el expediente.
“Analista Legal del Departamento Juridico, en representacion de Ursulina del Carmen de Delgado, ... Encargada del Departamento Juridico (Asesora Legal);”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona