El pliego enmendado del proceso convocado el 20/02/2026 actualiza el presupuesto base a RD$85,752,277.35 y mantiene un lote único sin ofertas parciales para las obras de climatización, iluminación y baja tensión. El texto también establece condiciones de evaluación, subcontratación y pago, e incluye fechas incompatibles para la recepción y vigencia de las ofertas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego permite subcontratar hasta el 50% sin expresar que las empresas subcontratadas deban ser MIPYMES. La Ley permite ese porcentaje especial cuando las subcontratadas son MIPYMES; la regla general fija un máximo de 45%.
““El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con la Ley núm. 47-25 y su”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES
Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
Aunque establece un anticipo del 30%, indica que se pagará hasta 60 días después de la firma y la certificación ante Contraloría; además, condiciona los pagos parciales a que sean superiores al 80% del monto contractual. La Ley dispone el anticipo del 30% con la suscripción del contrato u orden, por lo que corresponde revisar el efecto de estas condiciones sobre el flujo de ejecución.
““El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a), previstas en el numeral 36 condiciones de pago y retenciones, que asciende a un 30% para todos los proveedores, se hará en un plazo no mayor de sesenta (60) días a partir de la firm”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El cronograma fija la presentación hasta el 11 de marzo, pero otra sección limita la recepción al 3 de marzo; además, el mantenimiento de las ofertas vence el 3 de marzo, antes de la fecha límite de presentación. Estas contradicciones dejan incierto el período de recepción y la vigencia exigida de las propuestas.
““Hasta las 11:00 p.m. del miércoles 11 de marzo de 2026” … “Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el martes 03 de marzo de 2026.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 109 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 109 — Efectos y validez de la presentación de propuestas
Artículo 109.- Efectos y validez de la presentación de propuestas. La presentación de propuestas significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones, sus adendas o enmiendas, normas y cláusulas que rijan la modalidad de contratación correspondiente. Párrafo.- La propuesta tendrá validez durante el período que se señale en los pliegos de condiciones.
El cuadro general asigna 20 puntos al personal clave, pero la evaluación detallada suma 25; también se indica primero un mínimo técnico de 49 puntos y luego un mínimo de 30. Las diferencias pueden afectar la habilitación y la comparación de las ofertas si no se determina cuál regla prevalece.
““Personal clave propuesto para la coordinación, instalación, puesta en marcha 20” … “Puntuación máxima: 25 puntos” … “tener una puntuación mínima en su evaluación técnica de 49 puntos” … “hayan superado el mínimo de 30 puntos.””
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona