La Resolución núm. CCC-067-2026, de fecha 14 de abril de 2026, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica el proceso MIDEREC-CCC-CP-2026-0010 a Constructora Electromecánica Alcántara Hermanos, SRL, por RD$85,651,304.09 y 90 puntos. El acta registra que esa empresa fue la única habilitada para la evaluación económica y presenta el renglón adjudicado como «Alimentación Eléctrica de Baja tensión».
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta muestra una única oferta habilitada y adjudicada. El portal registra dos ofertas, por lo que la evaluación dejó una sola propuesta en competencia económica; conviene revisar el efecto de esa concurrencia limitada en la presión competitiva para un contrato de RD$85,651,304.09.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Según el portal, el contrato de RD$85,651,304 figura confirmado y enviado el 9 de abril de 2026, mientras que esta resolución adjudica el 14 de abril. Si la fecha del portal corresponde a la formalización del contrato y no solo a su registro, la secuencia merece verificarse; el portal podría tener un desfase de registro.
“SEGUNDO: ADJUDICAR la Comparación de Precio Núm. MIDEREC-CCC-CP-2026-0010”
Ley 47-25, artículo 127 — Efectos de la adjudicación
Artículo 127.- Efectos de la adjudicación. Efectuada la notificación al adjudicatario y demás participantes, esta generará derechos y obligaciones para la institución contratante y para el adjudicatario a exigir la suscripción del contrato o emisión de orden de compra o de servicio.
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Aunque la resolución adjudica el proyecto integral y el portal indica que no está dividido en lotes, la tabla de resultados económicos y de adjudicación identifica el concepto como «Alimentación Eléctrica de Baja tensión». Conviene confirmar que el monto adjudicado comprende todo el objeto contractual y no solo ese componente.
“Descripción | Oferente | Puntuación final | Recomendado para adjudicación | Monto de adjudicación Alimentación Eléctrica de Baja tensión | Constructora Electromecánica Alcántara Hermanos, S.R.L. | 90.00 puntos | Constructora Electromecánica”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona