Estado contractual del portal anterior a la firma programada
· hace 7 meses
La circular fija la firma de los contratos para el 31 de marzo de 2026, mientras que el portal registra contratos de este proceso como activos y confirmados el 18 de marzo. El estado del portal no acredita por sí solo la fecha de firma, pero la diferencia amerita verificar la secuencia de formalización y registro.
“19. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra | 31 de marzo 2026 a las 17:30 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
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