El Comité de Compras y Contrataciones del MOPC declaró desierta, por unanimidad, la licitación pública internacional MOPC-CCC-LPI-2025-0002, al constatar que no se presentaron ofertas técnicas. El acto se emitió el 2 de febrero de 2026; la recepción de ofertas estaba fijada para el 30 de enero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En la relación final de miembros aparece sin designar el puesto de la Dirección General de Planificación y Desarrollo, aunque el Reglamento dispone una conformación de cinco miembros. El acta informa que hubo quórum y participaron cuatro integrantes, por lo que el dato no demuestra por sí solo que la sesión careciera de quórum, pero amerita verificar la integración del comité.
“SIN DESIGNAR | Director de la OAI | Director General de Planificación y | Miembro | Desarrollo | Miembro” (pág. 7, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
El acta constata que no se presentó ninguna propuesta, pero al fundamentar la declaratoria cita el numeral 2 del artículo 136, relativo a que ningún oferente cumplió los requisitos para habilitarse. El numeral 1 del mismo artículo contempla específicamente la ausencia de propuestas; la diferencia merece revisión de la motivación jurídica consignada.
“se contacto que no fueron presentadas propuestas para ser evaluadas, por lo que mediante el Acto Notarial realizado por el Lic. Benavides Nicasio Rodriguez, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, se hizo constar la sig” (pág. 5, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona