El documento es el pliego de condiciones de la licitación pública internacional MOPC-CCC-LPI-2025-0002 para contratar la consultoría de formulación y supervisión del proyecto del puente basculante, con presupuesto base de RD$288,933,750. Establece un plazo estimado de ejecución de 24 meses y, en su cronograma original, fija la presentación de ofertas para el 18 de diciembre de 2025; también contiene una vigencia contractual de tres años y obligaciones de mantenimiento post-entrega.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego estima 24 meses de ejecución, fija una vigencia contractual de tres años y asigna al consultor seguimiento de mantenimiento por cinco años. La diferencia deja inciertos el alcance temporal de las prestaciones y su relación con el monto ofertado, aunque podrían existir obligaciones posteriores diferenciadas que conviene aclarar.
“El plazo estimado para la ejecución de los trabajos se divide entre la consultoría y la de supervisión será de veinticuatro (24) meses calendarios, contados a partir de la notificación de adjudicación indicado en el cronograma del proceso. ” (pág. 12)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El pliego exige estados financieros de 2024-2025, aunque su cronograma fija la presentación de ofertas para el 18 de diciembre de 2025. La exigencia de estados auditados del ejercicio 2025 antes de que termine ese año puede dificultar su cumplimiento y merece aclaración sobre qué información financiera se aceptaría.
“Los Estados Financieros de los últimos dos años debe decir 2024-2025, certificado por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado o su equivalente en el país de origen de la empresa) … Presentación de las ofertas “Sobre A” ” (págs. 50-68)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego establece hasta 60 días hábiles para formalizar la recepción conforme del servicio; el artículo 186 del Reglamento prevé un máximo de 10 días hábiles salvo que el pliego o contrato establezca otro plazo. Aunque el propio pliego fija una duración distinta, el plazo extendido puede postergar la conformidad y merece revisión por su efecto en la gestión contractual y los pagos.
“Si la prestación del servicio fue acorde con los términos de referencia, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo 60 días hábiles, a partir del día siguiente … de notificado la prestación del” (págs. 99-100)
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Reglamento 416-23, artículo 186 — Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios
Artículo 186. Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios. La recepción conforme se otorgará dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles salvo que en el pliego de condiciones o en el contrato se estableciera uno distinto. dicho plazo comenzará a correr a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los objetos comprados o contratados o al del vencimiento del período que se hubiera establecido en el pliego de condiciones o en el contrato. una vez vencido el plazo establecido para la conformidad, el proveedor podrá intimar la recepción. si la institución contratante no se pronunciara dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la recepción…
El pliego solicita certificación de prácticas de responsabilidad social y una certificación de sistema de gestión antisoborno, sin describir en ese requisito alternativas equivalentes para esta última. Por su posible costo y relación con la prestación técnica, conviene verificar cómo se aplican estos requisitos y si son proporcionales al objeto.
“Certificación que acredite al menos una de esas prácticas. (IQNet SR10 Gestión de la responsabilidad social y estándar SA 8000 Social Accountability International (SAI) o certificación equivalente. … Certificación que la empresa ha implemen” (pág. 61)
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona