El Acta núm. 0003-2026, de 2026-01-13, aprueba una tercera enmienda que modifica el cronograma de los procesos INABIE-CCC-LPN-2025-0051 a 0084, incluido el 0077 de La Romana. También redistribuye la ponderación entre capacidad instalada e inspección técnica y suprime la inspección obligatoria posterior al inicio del servicio para cocinas sin operaciones o sometidas a un plan de mejora.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda asigna 45 puntos a capacidad instalada y 35 a inspección técnica, pero luego describe los 80 puntos como capacidad instalada y BPM. La diferencia puede afectar la interpretación y aplicación de la ponderación al evaluar las cocinas.
“La suma de estos aspectos conforma la Puntuación de Capacidad Instalada e Inspección Técnica (45 + 35 = 80 puntos) … … puntuación obtenida en el formulario de capacidad instalada y BPM (máximo 80 puntos)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La ponderación de la inspección técnica, que verifica las condiciones de la cocina, se reduce en 10 puntos y esos puntos se trasladan a capacidad instalada.; Se elimina la inspección posadjudicación y posterior al inicio del servicio que verificaba la implementación efectiva de BPM, infraestructura, equipamiento y capacidad declarada..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 8 — Cronograma de actividadesFechas del proceso 0077, comprendido en el grupo 0075-0084
Apertura técnica: 15, 16 y 17/02/2026; informe preliminar: 10/03/2026; notificación de errores: 24/03/2026; ponderación de subsanaciones: 17/04/2026.
Apertura técnica: 16, 17 y 18/02/2026; informe preliminar: 13/03/2026; notificación de errores: 20/03/2026; ponderación de subsanaciones: 30/03/2026. La presentación de ofertas permanece el 28/01/2026.
Neutral
Numeral 12.1.4 — Evaluación de capacidad instalada de las cocinasRedistribución de ponderaciones
Capacidad instalada: 45 puntos; inspección técnica: 35 puntos; distancia: 20 puntos; mínimo de 55 puntos para habilitar la cocina.
NeutralQuita un control: La ponderación de la inspección técnica, que verifica las condiciones de la cocina, se reduce en 10 puntos y esos puntos se trasladan a capacidad instalada.
Numeral 12.1.8 — Evaluación BPM de cocinas sin operacionesSupresión de verificación posterior al inicio del servicio
Para cocinas sin operaciones o sometidas a un plan de mejora, se preveía inspección obligatoria dentro del primer mes de servicio para verificar BPM, infraestructura, equipamiento y capacidad instalada.
Se suprime ese párrafo del pliego; el acta no establece en su lugar una verificación equivalente dentro del primer mes.
RelajaQuita un control: Se elimina la inspección posadjudicación y posterior al inicio del servicio que verificaba la implementación efectiva de BPM, infraestructura, equipamiento y capacidad declarada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona