El documento es el pliego enmendado de la Licitación Pública Nacional INABIE-CCC-LPN-2025-0077, para suministro y distribución de almuerzos escolares en La Romana durante los períodos 2026-2027 y 2027-2028. Fija un presupuesto base de RD$1,733,447,022.94 y un precio estándar de RD$93.73 por ración con ITBIS incluido. El cronograma del pliego establece recepción de ofertas hasta el 20 de enero de 2026 y apertura técnica desde el 9 de febrero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Relaja el límite geográfico de 35 km utilizado para la asignación de grupos; no precisa cómo se verificará la complejidad territorial que habilita la excepción..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El pliego permite que la garantía de fiel cumplimiento de una MIPYME se constituya mediante póliza de seguro o garantía bancaria. El artículo 192 del Reglamento 416-23 establece que para las MIPYMES solo será exigida la fianza de seguro, por lo que la alternativa bancaria prevista en el pliego merece revisión.
“Al tratarse de un adjudicatario certificado como MIPYME, el equivalente de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será del uno por ciento (1 %) del monto total de la adjudicación, la cual deberá constituirse mediante póliza de fianza”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
Criterio de adjudicación y asignación, nota 5Excepción al límite de distancia
El criterio general establece un rango máximo de 35 kilómetros entre la cocina y los grupos referenciales.
Se permite ampliar excepcionalmente el rango hasta 50 kilómetros en casos específicos de mayor complejidad territorial, sin definir parámetros concretos para determinar esos casos.
RelajaQuita un control: Relaja el límite geográfico de 35 km utilizado para la asignación de grupos; no precisa cómo se verificará la complejidad territorial que habilita la excepción.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona