El Acto Administrativo de Adjudicación núm. DIE-ADJ-022-2025, de fecha 2025-12-01, aprueba la evaluación económica y adjudica los cuatro lotes del proceso por RD$31,000,000 cada uno, para un total de RD$124,000,000. Los adjudicatarios son CONMAG, SRL (lote 1), Constructora Aguilera Quijano, SRL (lote 2), Construmarsa, SRL (lote 3) y Licelo Vasquez Tineo (lote 4).
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Licelo Vasquez Tineo el lote 4 por RD$31,000,000. El cruce de datos ya registrado para este proceso señala que fue adjudicado a un proveedor suspendido por régimen de prohibiciones relacionado con un cargo público; esta adjudicación convierte esa alerta en una decisión concreta y amerita verificar la prohibición aplicable y su vigencia al momento de contratar.
“Se adjudica a la empresa LICELO VAS QUEZ TINEO, para el lote 4 por el monto de RD$31,000,000.00, (Treinta y Un Millón de pesos dominicanos con 00/100).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 14
ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta informa que procede un recurso jerárquico contra esta decisión. El Reglamento 416-23 dispone como secuencia ordinaria la impugnación ante la propia institución y luego el recurso jerárquico; la indicación del acto podría inducir a confusión sobre la vía administrativa que corresponde y conviene verificar cómo se notificó a los interesados.
“este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrible en sede administrativa, a través de la interposición … de un recurso jerárquico en el plazo de 10 días, según establece el numeral 1 del artículo 67 de”
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
El informe económico indica que el perito calculó los gastos indirectos que TRIXSOLAR no incluyó, pese a que el acta describe ese listado como no subsanable. El oferente finalmente quedó no habilitado, por lo que no se observa un efecto en la adjudicación; corresponde verificar si el cálculo fue únicamente analítico o si modificó la oferta comparada.
“Este Oferente no sumó los Gastos Indirectos en el Listado de Partidas, fue calculado por el perito actuante.”
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
El acta consigna que los 7,560 proveedores fueron invitados el 7 de octubre de 2025, fecha que también señala como recepción y apertura de ofertas. La convocatoria pública figura en el portal desde el 26 de septiembre, de modo que el dato no prueba por sí mismo una restricción de acceso; se recomienda contrastar los registros horarios de invitación y recepción.
“en fecha 07 de octubre del 2025, se procedió a invitar a todos los proveedores del estado registrados con el rubro correspondiente al presente proceso en el Portal Transaccional de la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas (”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 95 · Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 95 — Invitación mediante el SECP
Artículo 95. Invitación mediante el SECP. En los procedimientos de selección que requieran invitar a personas físicas y jurídicas, la institución contratante, a través de su Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, notificará la invitación a través del SECP, considerando a aquellas personas inscritas en el Registro de Proveedores del Estado (RPE) con actividades comerciales afines al objeto de la contratación. Párrafo. En los procedimientos de selección en que la invitación a participar se realice a un determinado número de personas físicas o jurídicas, las instituciones que realicen el llamado deberán considerar y evaluar las ofertas presentadas por quienes no fueron convocados y…
Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios
Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.
CONSTRUMARSA, SRLAdjudicataria del lote 3. El informe económico consigna RD$124,000,000 como monto ofertado, aunque el acta adjudica un lote por RD$31,000,000.
Adjudicado
Lote 3
RD$31,000,000
LICELO VASQUEZ TINEOAdjudicatario del lote 4; el cruce de datos del proceso ya registra una señal sobre su condición de proveedor suspendido por régimen de prohibiciones.
Adjudicado
Lote 4
RD$31,000,000
TRIXSOLAR, SRLNo cumple en el formulario económico ni en el análisis de costos unitarios; el acta describe insumos omitidos y gastos indirectos calculados por un perito.
No habilitado
No especificado
RD$62,000,000
MIGUEL ARGENI PERDOMO UREÑANo cumple en el formulario económico ni en el análisis de costos unitarios; el acta detalla materiales omitidos y solicita justificar precios.
No habilitado
No especificado
RD$124,000,000
JATNNA CAROLINA TERRERO LOPEZNo cumple en el formulario económico ni en el análisis de costos unitarios; el acta detalla materiales omitidos y solicita justificar precios.
No habilitado
No especificado
RD$124,000,000
CONSTRUCTORA REMPART, SRLNo cumple en el formulario económico ni en el análisis de costos unitarios; el acta describe insumos omitidos y solicita justificar precios.
No habilitado
No especificado
RD$62,000,000
CQ CONSTRUCCIONES, SRLNo cumple en el formulario económico ni en el análisis de costos unitarios; el acta enumera insumos omitidos en varias partidas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
Reglamento 416-23, artículo 128 — Evaluación de las ofertas económicas
Artículo 128. Evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo al sistema de evaluación determinado en el pliego de condiciones y con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en este, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas procederán a la misma y dejarán constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe de evaluación.
CONSTRUCTORA CAG, SRLNo cumple en el formulario económico ni en el análisis de costos unitarios; el acta enumera partidas con insumos omitidos o incorrectos.
No habilitado
No especificado
RD$62,000,000
EQUIPOS CONSTRUCCIONES & ASFALTO TRYSE, SRLNo cumple en el formulario económico ni en el análisis de costos unitarios; el acta enumera partidas con insumos omitidos o incorporados incorrectamente.
No habilitado
No especificado
RD$62,000,000
SUCOD SUPERVISION CONSTRUCCION Y DISENO, EIRLNo cumple en el formulario económico ni en el análisis de costos unitarios; el acta señala unidades de medida y mano de obra que no corresponden.
No habilitado
No especificado
RD$124,000,000
ROELJH GROUP, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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IMERKABY CONSTRUCTORES, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
CONCRETUM, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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ERREACE ARQUITECTOS ASSOCIATS, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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DECO MÁRMOL Y CONSTRUCCIONES, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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CONSTRUCTORA PERMESA, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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CONSTRUCTORA ALUMINUM, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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ECO WORLD CONSTRUCTION, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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MADELINE SALDIVAR CEBALLOSFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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DESARROLLO DE PROYECTOS Y SERVICIOS DE INGENIERÍA (DEPROSERVI), SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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CONSTRUCTORA SALAZAR MARIZAN CONSALMA, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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CONSTRUCTORA SEGURA VICENTE (CONSEVISA), SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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SEAMOUNT HOLDINGS, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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MULTISERVICIOS FERNOLES, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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ADIVIG, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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CENTRO COMERCIAL GLENNIS, EIRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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NUESPI INGENIERIA, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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LULUCAS, CONSTRUCCIONES Y DISEÑOS, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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CONSTRUCTORA ZARA AMELIA, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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AMANCIO R. MULTISERVICES, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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SERVICIOS MULTIPLES 4KML, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.
Mencionado
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CANEVER CONSTRUCCIÓN & DISEÑO, SRLFigura entre los participantes de la recepción de ofertas; este acto no consigna su resultado económico individual.