El pliego establece las bases de la Licitación Pública Nacional INABIE-CCC-LPN-2025-0067 para el suministro y distribución de almuerzos y frutas en Bahoruco durante los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028, reservada a MIPYMES, con presupuesto base de RD$1,140,771,181.78. Fija un precio estándar de RD$79.43 por ración antes de ITBIS y RD$93.73 con ITBIS, además de requisitos técnicos, financieros y de capacidad instalada. El cronograma interno contiene fechas y horas incompatibles para presentar ofertas, y el pliego contempla una excepción a la descalificación por incumplimiento de requisitos mínimos de capacidad instalada.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego declara obligatorias cantidades mínimas de equipos y prevé el rechazo si no se cumplen, pero permite considerar para adjudicación a oferentes que no cumplan esos mínimos cuando ningún oferente los alcance. La excepción no detalla en este pasaje cómo se ponderará ese incumplimiento ni el plazo del plan de mejora, por lo que amerita revisar cómo se aplicó y si se mantuvieron criterios objetivos y comparables.
“Los oferentes deberán cumplir de manera obligatoria con las cantidades mínimas requeridas establecidas en los numerales del 1 al 14. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la descalificación o inhabilitación del ofer”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego fija la recepción electrónica hasta el 20 de enero de 2026 a las 9:00 a. m., pero prevé para las ofertas físicas digitales el 20 de febrero y luego indica el 20 de enero a las 3:00 p. m. El portal registra cierre el 28 de enero de 2026; estas discrepancias dejan incierto el plazo aplicable y pueden afectar la presentación y admisión de ofertas.
“4. Recepción de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) Hasta las 09:00 AM del 20 de enero del 2026. … Las ofertas presentadas de manera física en formato digital serán recibidas … en la fecha y hora fijadas en”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego permite subsanar una vigencia insuficiente de la garantía cuando existan «errores humanos evidentes», sin precisar el alcance de esa excepción. El artículo 198 del Reglamento prevé correcciones de errores materiales o de moneda dentro de un plazo definido; conviene verificar que esta regla no permita completar posteriormente una cobertura que no estaba vigente conforme a las bases.
“La insuficiencia en vigencia podrá ser objeto de subsanación cuando existan errores humanos evidentes.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 198 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 198 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 198. Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de seriedad de oferta contiene errores materiales o en la moneda solicitada, se podrá solicitar al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento establecido en el presente reglamento y dentro del plazo especificado en el pliego de condiciones del procedimiento, el cual no puede ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona