La Enmienda I, fechada el 20 de noviembre de 2025 y aprobada mediante el Acta núm. 25-2/2025, modifica las especificaciones de cuatro lotes de 6,000 laptops, con un valor referencial total de RD$2,071,598,160. También sustituye el cronograma y cambia requisitos de documentación y evaluación financiera, evaluación económica y condiciones de pago. El cronograma enmendado incluye dos fechas distintas para presentar ofertas: 1 de diciembre y 2 de diciembre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La enmienda permite subsanar certificaciones TSS, DGII y de línea de crédito; esto puede debilitar la verificación de obligaciones y solvencia al momento de presentar la oferta. Las declaraciones y estados financieros solo permiten subsanar la omisión..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma señala el 1 de diciembre como fecha límite de presentación y, en el renglón siguiente, vuelve a indicar presentación de ofertas para el 2 de diciembre. Aunque el 2 de diciembre podría referirse en la práctica a las muestras, el texto incluye expresamente las ofertas y genera incertidumbre sobre el plazo aplicable.
“Ambas ofertas (Físicas y virtuales) tienen hasta el 1 de diciembre de 2025 a las 4:00 p.m. ... | 5. Presentación de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica) y "Sobre B" (oferta económica) Recepción de muestras. | El 2 de diciembre de 2025 de ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda indica que las ofertas electrónicas deben cargarse después de concluir el período de enmienda y advierte que las cargadas antes no pasarían a la etapa de informe de selección. Conviene verificar si hubo ofertas presentadas antes de esa fecha y cómo se aseguró que todos los interesados pudieran participar en igualdad de condiciones.
“Las ofertas presentadas por el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) deben ser colgadas después de concluido el tiempo de enmienda, ya que de hacerlo antes las mismas no viajarán a la etapa de informe de selección”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Cambios que introduce (6)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 2, Descripción del BienEspecificaciones técnicas de los cuatro lotes
Descripción anterior del numeral 2 del pliego; no se reproduce en esta enmienda.
Fija para cada lote de 6,000 laptops requisitos de procesador, memoria, almacenamiento, pantalla, batería, certificaciones, garantía y accesorios; estima RD$517,899,540 por lote y RD$2,071,598,160 en total.
Aclara
Numeral 7, Cronograma de actividadesFechas de presentación, apertura y adjudicación
Cronograma anterior del pliego; sus fechas no se reproducen en esta enmienda.
Establece presentación de ofertas el 1 de diciembre de 2025 hasta las 4:00 p. m.; también consigna presentación de ofertas y muestras el 2 de diciembre de 2025, apertura técnica el 3 de diciembre y adjudicación el 23 de enero de 2026.
Aclara
Numeral 11.1.1, literal B, Documentación FinancieraDocumentos financieros y certificaciones
Documentación financiera anterior del numeral 11.1.1.B; no se reproduce en esta enmienda.
Detalla declaraciones IR-1 e IR-2 y estados financieros auditados de dos períodos, certificaciones TSS y DGII recientes, y línea de crédito disponible de al menos 30% del presupuesto de los lotes ofertados.
AclaraQuita un control: La enmienda permite subsanar certificaciones TSS, DGII y de línea de crédito; esto puede debilitar la verificación de obligaciones y solvencia al momento de presentar la oferta. Las declaraciones y estados financieros solo permiten subsanar la omisión.
Numeral 12.1.2, Metodología y criterios de evaluación financieraEvaluación financiera de oferentes y consorcios
Metodología anterior del numeral 12.1.2; no se reproduce en esta enmienda.
Dispone evaluación financiera cumple/no cumple; para consorcios establece acumulación de experiencia e información financiera e incluye indicadores de solvencia, liquidez, capital de trabajo y endeudamiento.
Aclara
Numeral 12.2, Evaluación de oferta económicaCriterios económicos y ofertas no sustentables
Criterios anteriores del numeral 12.2; no se reproducen en esta enmienda.
Establece evaluación cumple/no cumple, garantía de seriedad de 1% vigente hasta el 9 de febrero de 2026 y menor precio entre ofertas conformes; precios más de 20% inferiores al referencial podrán considerarse temerarios, con debido proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Condiciones de pago anteriores del numeral 10; no se reproducen en esta enmienda.
Prevé anticipo de 20% solo para MIPYMES, sujeto a garantía por el total del avance; para adjudicatarios que no sean MIPYME, pago posterior a la entrega, en un plazo de hasta 60 días desde la remisión de facturas.