El Acta núm. 052-2025, de fecha 2025-11-05, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica por ítems cinco proveedores para la adquisición de electrodomésticos. Los montos adjudicados que consigna suman RD$3,738,086.95; a Mediterráneo Investment Group, SRL se le atribuyen RD$1,764,743.60, aunque los importes de sus cinco ítems suman RD$1,764,749.61.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica también a Mediterráneo Investment Group e Interseas Dominicana, pero los datos del portal aportados registran contratos únicamente para Full Stock RD, Inversiones Tejeda Valera y Fesa. Como los contratos registrados tienen fecha posterior a la del acta, puede tratarse de una actualización incompleta; conviene verificar si los otros dos contratos fueron formalizados y publicados.
“Segundo: Adjudicar a MEDITERRANEO INVESTMENT GROUP, S.R.L, conforme a los detalles que se presentan a continuacion … a INTERSEAS DOMfNICANA, S.R.L, conforme a los detalles que se presentan a continuacion”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Los cinco montos adjudicados por ítem a Mediterráneo Investment Group suman RD$1,764,749.61, pero el acta consigna un total de RD$1,764,743.60: una diferencia de RD$6.01. La discrepancia merece cotejarse con el informe económico y la oferta adjudicada antes de determinar el monto contractual.
“Segundo: Adjudicar a MEDITERRANEO INVESTMENT GROUP, S.R.L, conforme a los detalles que se presentan a continuacion … 559,999.92 533,000.04 219,999.58 379,750.15 71,999.92 1,764,743.60”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona