El Acta Administrativa CC-2025-0394, de fecha 2025-11-07, aprueba el informe definitivo y adjudica los cinco lotes del proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0019 por RD$84,598,304.50. Adjudica el Lote 1 a La Novia de Villa, los Lotes 2 y 3 a DISESA, el Lote 4 a TANKASA y el Lote 5 a Casa Duarte; registra que cuatro oferentes fueron habilitados para la evaluación económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (1)
A revisarHallazgo en documentosRD$17.4 mil millones
El acta fija para el Lote 4 RD$17,390,579.50 y afirma que RD$17,390,579,500.00 fue un error de digitación. Sin embargo, el dato de contratos del portal aportado para TANKASA registra RD$17,390,579,500, fechado 2025-11-12; conviene verificar si el contrato publicado refleja la corrección, considerando que el portal podría estar desactualizado.
“siendo el monto correcto RD$ 17,390,579.50, y no RD$ 17,390,579,500.00 como fue digitado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 33 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
TANKASA, S.R.L.Adjudicataria del Lote 4; el acta fija el monto correcto en RD$17,390,579.50 y señala que el registro superior en el SECP fue un error de digitación.
EDICIONES UNIDAS DEL CARIBE, S.R.L.No fue incluida entre los cuatro oferentes habilitados para la apertura de las ofertas económicas; el acta no especifica la causa.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona