Publicado el 30 oct de 2025Fechado el 26 oct de 202513 páginasEn el mensaje «ACTA ADMINISTRATIVA NO. CC-2025-0364 DE ADJUDICACION DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACION PUBLICA NACIONAL»
El Acta Administrativa núm. CC-2025-0364, de fecha 2025-10-27, adjudica RD$25,000,000: RD$10,000,000 a Jardín Ilusiones para la Zona Metropolitana, RD$4,000,000 y RD$3,000,000 a Multiservicios Paula para las zonas Sur y Este, y RD$8,000,000 a Events Support Services Minerva Fernandez para las zonas Norte Oriental y Occidental. El acta también extiende la habilitación de Multiservicios Paula y Events & Catering by Dulce Encarnación a los ítems de las zonas Sur y Este; Paula resulta adjudicataria de esos dos ítems. La oferta de Events & Catering by Dulce Encarnación no resulta adjudicada, según el contexto de la evaluación económica, por omitir el monto del servicio de decoración.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta extendió a Multiservicios Paula la habilitación para las zonas Sur y Este, aunque el acto técnico previo la había habilitado solo para la Zona Metropolitana. Después le adjudicó ambos ítems por un total de RD$7,000,000; corresponde verificar que la extensión aplicó criterios compatibles con los anunciados y en igualdad de condiciones.
“…extender la habilitación de las empresas MULTISERVICIOS PAULA, SRL y EVENTS & CATERING BY DULCE ENCARNACIÓN, SRL a los ítems correspondientes a las zonas Sur y Este… «CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ANIMACIÓN Y DECORACIÓN PARA LAS ACTIVIDADES”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Events and Catering by Dulce Encarnación, SRLEl acta consigna la extensión de su habilitación a los ítems de las zonas Sur y Este; el informe económico la descalificó por omitir el monto del servicio de decoración.
Descalificado
Ítems II y III, zonas Sur y Este
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L'Atelier de Ilusión, SRLNo indicó las cantidades requeridas de micrófonos y bocinas; no fue habilitada para la apertura económica.
Gelen Gil Producciones, SRLEl informe económico registró servicios o artículos no solicitados y omisiones de servicios requeridos.
Descalificado
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Faluza Dominicana, SRLEl informe económico registró que no presentó los montos requeridos en el formulario F.033 y que incluyó servicios no requeridos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…