La Circular núm. 1, formalizada el 22 de julio de 2025 para el proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0012, modifica el plazo y la forma de prestación del servicio: será a requerimiento, con una estimación de 20% para 2025 y 80% para 2026, y fija plazos de notificación y respuesta de hasta 30 días calendario. También modifica el desempate para preferir la oferta que incluya el compromiso de subcontratar una MIPYME Mujer y, si ninguna cumple ese criterio, realizar un sorteo público.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Sección I, numeral 10: Tiempo para la entregaModalidad de prestación y plazos de respuesta | El pliego previo preveía un contrato de 12 meses o hasta agotar el monto, sin la distribución 20%/80% ni estos plazos, según el resumen del expediente. | Servicio exclusivamente a requerimiento; se estima 20% en 2025 y 80% en 2026. La notificación se emitirá en hasta 30 días calendario desde el registro del contrato y el proveedor responderá en hasta 30 días calendario desde la notificación. | Aclara |
| Sección II, numeral 25: Desempate de ofertasCriterio de desempate | El criterio anterior del numeral 25 no se reproduce en la circular. | En empate, se elige la oferta que comprometa la subcontratación de una MIPYME Mujer, con constancia inequívoca; si ninguna cumple, se realiza sorteo público ante notario. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona