El Comité de Compras y Contrataciones del CESAC adjudicó el 10 de octubre de 2025 los cinco lotes del proceso CESAC-CCC-CP-2025-0015, convocado como comparación de precios para obras. Los montos adjudicados suman RD$58,260,253.70: RD$23,129,925.09 a Diomedes Rivera & Asociados; RD$16,664,427.56 a Viasan; RD$5,658,221.11 a Coterca; RD$5,551,002.77 a Nuespi; y RD$7,256,677.17 a Walcom.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según los datos del portal aportados, las ofertas de Diomedes Rivera, Coterca y Nuespi aparecen en RD$0, aunque el acta les adjudica montos positivos y los contratos del portal registran importes coincidentes con esas adjudicaciones. Puede tratarse de datos pendientes o de una actualización del portal; conviene conciliar las ofertas originales con el expediente electrónico.
“Adjudicar a la empresa DIOMEDES RIVERA & ASOCIADOS, COMPAÑÍA DE ARQUITECTOS, SRL. [RNC]., el servicio de CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO QUE ALOJARA LAS OFICINAS DE LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA DE ESTA INSTITUCIÓN) por un monto ofertado de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 33 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
S J & T Vision Multiservices, SRLEl acta indica que cumplió con la documentación exigida y que su oferta económica fue abierta; no resultó adjudicatario.
Constructora Torres Alcántara, SRLNo figura entre los diez oferentes recomendados para pasar a la apertura de las ofertas económicas; el acta no consigna el motivo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona