Estudios iniciales no contemplaron el deslizamiento del terreno
· hace 1 año
El acta consigna que un deslizamiento no contemplado en los estudios iniciales reveló un vicio sustancial del diseño y obligó a cancelar el proceso tras la evaluación técnica de ofertas. Aunque la cancelación se motiva en la necesidad de proteger la estabilidad y ejecución de la obra, corresponde revisar si los estudios previos identificaron adecuadamente las condiciones del terreno y los riesgos del proyecto.
“Dicho informe establece, que durante el proceso de contratación se identificó un deslizamiento del terreno, en el área destinada a la construcción de la verja, no contempladas en los estudios iniciales, que comprometía la estabilidad del su” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →