El documento establece las bases de la comparación de precios ECORD-CCC-CP-2025-0005, dirigida a MIPYMES, para construir la verja perimetral de la estación de transferencia de Haina, con presupuesto referencial de RD$20,000,000. La recepción de ofertas se fijó para el 9 de septiembre de 2025 y la ejecución prevista es de un año. El pliego no contiene una decisión de adjudicación ni de cancelación; el portal informa posteriormente el estado «Cancelado».
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige al director de obra un mínimo de diez años de experiencia y prevé personal clave con experiencia mínima de cinco años, mientras caracteriza el proyecto como no complejo y el presupuesto base es RD$20,000,000. La acumulación de exigencias de experiencia podría restringir la participación; conviene verificar su proporcionalidad con el alcance y la complejidad de la obra.
“Director de Obra deberá demostrar (Experiencia comprobable presentar Formulario de experiencia como contratista (SNCC.D.049) con documentos que demuestre mínimo de diez (10) años de experiencia, Certificación de obras similares” (pág. 9)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Aunque el procedimiento se identifica como dirigido a MIPYMES, la lista de credenciales legales no incluye expresamente la certificación MIPYME ni el requisito de estar inscrito como tal en el RPE. Esto deja sin claridad en las bases cómo se verificará la elegibilidad para participar en un procedimiento exclusivo para ese sector.
“Pliego de condiciones específicas para la "Construcción de verja perimetral en estación de transferencia de Haina, dirigido a MIPYMES” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 157 · Reglamento 416-23, art. 159 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 157 — Convocatoria
Artículo 157. Convocatoria. Las instituciones contratantes al momento de realizar las convocatorias para la compra y contratación de bienes, servicios y obras deberán indicar expresamente que se trata de un procedimiento de selección dirigido exclusivamente para MIPYMES e indicar, según corresponda, si se trata de MIPYMES en general, de MIPYMES mujeres o de MIPYMES de fabricación o producción industrial.
Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…
La sección de requisitos exige cinco años de experiencia para el ingeniero residente y el director técnico, pero la tabla de evaluación técnica no consigna esos mínimos para esos puestos. La diferencia puede generar incertidumbre sobre el criterio aplicable al habilitar ofertas.
“Ing. Residente (Experiencia comprobable con un mínimo de cinco (5) años / Certificación de obras similares / Certificación y Carnet CODIA). Subsanable … Ing. Residente (Experiencia comprobable / Certificación de obras similares” (págs. 9-17)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona