Conciliar el presupuesto autorizado con el estimado del proceso
· hace 1 año
La comunicación relaciona RD$169,545,787.94 con la readecuación del edificio sede central y un nuevo comedor, mientras que el portal registra RD$154,023,237.39 para el proceso MEM-CCC-CP-2025-0026. La diferencia y la referencia al comedor podrían corresponder a un alcance presupuestario más amplio; conviene verificar cómo se vinculó esta modificación con la apropiación y el objeto convocado.
“Hacemos constar que no tenemos objecion respecto a la solicitud de modificacion presupuestaria de la cuenta num. 2.2.2.1.01, para agregar apropiacion a la cuenta num. 2.7.1.2.01, por un monto de hasta treinta y tres millones novecientos nue”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →