El Acta núm. 0012-25, celebrada el 26 de agosto de 2025, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica a AMBAE DOMINICANA, S.R.L. el Lote 1, ítems 1-7, por RD$24,809,268.00. La adjudicataria fue la única oferente habilitada para la apertura económica; ALIMA INVESTMETS, S.R.L. fue descalificada en la evaluación técnica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a AMBAE DOMINICANA, S.R.L. servicios de alquiler de equipos y necesidades de marcaje y montaje. Según la consulta de DGII aportada, vigente al 2026-09-27, su actividad registrada es publicidad; ese dato posterior no demuestra cuál era su actividad ni su objeto social al adjudicarse, pero amerita verificar la compatibilidad societaria y la capacidad para ejecutar el contrato.
“ADJUDICAR como en efecto ADJUDICA al oferente: AMBAE DOMINICANA, S.R.L. Registro Nacional de Contribuyentes No. y Registro de Proveedores del Estado , en la forma siguiente: Lote 1, Items 1-7, Monto RD$24,809,268.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El acta registra dos oferentes participantes, pero solo AMBAE DOMINICANA, S.R.L. fue habilitada para la apertura económica y resultó adjudicataria. Aunque el documento refiere incumplimientos técnicos y legales de la otra oferta, la competencia efectiva en la etapa económica quedó reducida a una propuesta; conviene revisar el nivel de concurrencia en este mercado.
“donde participaron los siguientes oferentes: OFERTAS TÉCNICAS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REFERENCIA INEFI-CCC-LPN-2025-0012 Nombre del Oferente | Registro Nacional de Contribuyentes | Registro de Proveedor del Estado |”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ALIMA INVESTMENTS, S.R.L.No fue habilitada para la apertura económica. El informe técnico reseñado en el acta indica incumplimientos de documentación legal y financiera, incluidos documentos societarios y financieros requeridos.
Descalificado
Lote 1
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AMBAE DOMINICANA, S.R.L.Fue habilitada técnicamente y el informe económico recomendó adjudicarle el Lote 1, ítems 1-7.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona