Código UNSPSC de suministros tecnológicos no coincide con el portal
· hace 1 año
La solicitud identifica los suministros tecnológicos con el código 43211716, mientras que el portal registra 43211706 para ese ítem. La diferencia debe verificarse porque la clasificación puede influir en la identificación del objeto y de los proveedores pertinentes; también podría deberse a un error de transcripción.
“5 | | 2.3.9.8.02 | SUMINISTROS TECNOLOGICOS | UD | 1 | 2,065,610.80 | 2,065,610.80”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 84 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 84 — Del Catálogo de Bienes y Servicios
Artículo 84. Del Catálogo de Bienes y Servicios. Es el instrumento dentro del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) que presenta los códigos homologados del Clasificador Estándar de Productos y Servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC). Este catálogo es utilizado por las instituciones sujetas a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, así como por los proveedores, para identificar los bienes y servicios que pueden ser adquiridos o contratados por el Estado dominicano.
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →