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Pliego

Pliego INEFI-CCC-LPN-2025-0012.pdf

(CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE ALQUILERES VARIOS DE EQUIPOS, NECESIDADES PARA MARCAJE Y MONTAJE DE TODAS LAS AREAS DE COMPETENCIAS DE LOS XI JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS NACIONALES SAN FRANCISCO 202… · Instituto Nacional de Educacion Fisica

Publicado el 18 jun de 202550 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0012

Lo que dice

El pliego convoca una Licitación Pública Nacional dirigida exclusivamente a MIPYMES para servicios vinculados a los XI Juegos Escolares Deportivos Nacionales San Francisco 2025, con presupuesto base de RD$25,000,000.00 y siete ítems. Fija la presentación de ofertas para el 1 de agosto de 2025 y establece evaluaciones técnicas y económicas por cumple/no cumple, con adjudicación al menor precio entre las ofertas que cumplan.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Requisitos financieros de disponibilidad se superponen

Documento del 18 jun 2025 · hace 1 año

Además de pedir créditos comerciales o líneas de crédito por al menos 15 % del valor ofertado, el pliego exige demostrar disponibilidad económica equivalente al 20 % de la apropiación del proceso. Para el presupuesto de RD$25,000,000, este último umbral representa RD$5,000,000; la superposición de pruebas de capacidad financiera en un procedimiento reservado a MIPYMES merece revisión por su proporcionalidad y por cómo se aplican conjuntamente.

“Nota: Los créditos comerciales o líneas de créditos deben totalizar un monto no menor al 15 % del valor ofertado. … Presentar pruebas que evidencien disponibilidad económica a través de la suma de instrumentos de débito (cuentas corrientes,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia reciente exigida como requisito no subsanable

Documento del 18 jun 2025 · hace 1 año

El pliego exige al menos tres certificaciones de servicios similares de los seis meses anteriores y las califica como no subsanables. Al tratarse de documentos que acreditan experiencia, la regla del artículo 120 del Reglamento considera subsanables los documentos de credenciales si el requisito existía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad; el requisito temporal también merece revisión por su efecto potencial en la participación.

“Certificación de recibido conforme de servicios similares, emitida por empresas, públicas o privadas de los últimos 6 meses a partir de la fecha del lanzamiento de este proceso. (mínimo 3) [No subsanable]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentos

Referencias financieras usan períodos contables distintos

Documento del 18 jun 2025 · hace 1 año

La documentación financiera menciona estados de 2022 y 2023, pero también solicita declaraciones y estados de los dos últimos períodos fiscales. En un proceso convocado en 2025, estas instrucciones pueden dar lugar a interpretaciones distintas sobre qué ejercicios deben aportarse y evaluarse.

“Estado(s) Financiero(s) de los periodos dos mil veintidós (2022) y dos mil veintitrés (2023) de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s), certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado), donde s”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (31)

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  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 17 jun de 2025
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  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS (1).docDocumento · 17 jun de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 17 jun de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 17 jun de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 17 jun de 2025
  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfInforme pericial · 17 jun de 2025 · 1 señal
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  • DICTAMEN JURIDICO .pdfDictamen · 17 jun de 2025
  • ACTO ADMINISTRATIVO APRUBA PLIEGO.pdfPliego · 17 jun de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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  • ENMIENDA NO. 2.pdfEnmienda · 30 jul de 2025
  • ACTA DE HABILITACION.pdfInforme de evaluación · 13 ago de 2025
  • INFORME DEFINITIVO.pdfInforme de evaluación · 13 ago de 2025 · 2 señales
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  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 8 sept de 2025
  • ACTO AUTENTICO SOBRE B.pdfDocumento · —
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