La Enmienda núm. I, fechada el 1 de agosto de 2025, modifica el pliego del proceso SIPEN-CCC-LPN-2025-0001. Cambia el ítem 3 de licenciamiento perpetuo a suscripción por un año, reformula los documentos y la metodología de evaluación técnica, y establece un criterio de desempate basado en la participación de mujeres en la plantilla, acreditada mediante certificación de la TSS.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Sección I, numeral 3: Descripción del bien – Ítem 3Duración del licenciamiento | Licenciamiento perpetuo, según describe la enmienda al pliego original. | Suscripción anual por un año, con mantenimiento y soporte (AMS). | Relaja |
| Sección I, numerales 10.1.2 y 11.1.3Documentación y evaluación técnica | Requisitos documentales y metodología de evaluación técnica del pliego original, que la enmienda sustituye. | Detalla documentos requeridos por ítem y los evalúa con metodología Cumple/No cumple; establece que son habilitantes y obligatorios para pasar a la evaluación económica. | Aclara |
| Sección II, numeral 8: Desempate de ofertasCriterio y acreditación del desempate | Criterio de desempate previsto en el pliego original. | Preferencia al oferente empatado con mayor participación de mujeres en su plantilla, acreditada con certificación vigente de la TSS con corte no mayor a 30 días de la oferta; de no cumplirse, selección al azar pública. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona