La Enmienda núm. I modifica el pliego de la Licitación Pública Nacional SIPEN-CCC-LPN-2025-0001, convocada el 1 de julio de 2025, para cambiar el ítem 3 de licenciamiento perpetuo a una suscripción anual por un año y sustituir requisitos documentales y de evaluación técnica. También establece como criterio de desempate la mayor participación de mujeres en la plantilla, verificable mediante certificación de la TSS; el pliego mantiene la recepción de ofertas para el 13 de agosto de 2025 y la adjudicación para el 17 de septiembre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego establece como desempate la mayor participación de mujeres en la plantilla. El artículo 131 del Reglamento 416-23 enumera otros criterios y dispone selección al azar si no se presentan esas propuestas o el pliego no indica un criterio; el desempate podría incidir en quién obtiene la adjudicación si hubiera empate, aunque el documento no consigna que lo haya habido.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se aplicará como criterio de desempate el establecido en el artículo 131 del Reglamento de Aplicación núm. 416-23, correspondiente a: Preferencia al oferente que tenga mayor participa”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Ítem 3 — Herramienta de Administración de parches CentralizadaDuración y modalidad de licenciamiento
Licenciamiento perpetuo, según los antecedentes del proceso aportados.
Suscripción anual por un año, con un año de mantenimiento y soporte (AMS).
Relaja
Documentación técnica y evaluación de ofertasRequisitos documentales y metodología de evaluación
Requisitos documentales y de evaluación del pliego inicial; el detalle del texto sustituido no consta en los antecedentes aportados.
La enmienda sustituye requisitos de documentación técnica y establece evaluación bajo la modalidad Cumple/No cumple.
Neutral
Sección II, apartado 8 — Desempate de ofertasCriterio de desempate
El criterio anterior no está precisado en los antecedentes aportados.
Preferencia al oferente con mayor participación de mujeres en su plantilla, acreditada mediante certificación vigente de la TSS con corte no mayor a 30 días de la presentación de la oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona