El Acto Administrativo CC-2025-0215, de 2025-07-22, aprobó el informe definitivo de evaluación técnica del proceso INAIPI-CCC-SI-2025-0018. Habilitó a Importadora Otomi, Cecomsa y Unirefri para abrir sus ofertas económicas en los lotes indicados, y no habilitó a los otros 12 participantes por incumplimientos técnicos consignados en el acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fijaba la apertura electrónica de ofertas económicas para el 22 de julio de 2025 a las 11:00, pero el acta registra una sesión a las 16:30 de ese día y ordena notificar quiénes quedan habilitados para esa apertura. La secuencia requiere verificarse; una postergación de la apertura podría explicarla, pero no se consigna en este acto.
“siendo las 16:30 p.m., a los veintidós (22) del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025) … ORDENA a la Unidad de Compras y Contrataciones del INAIPI, notificar a los oferentes el resultado de la evaluación de sus ofertas técnicas "So”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Inversiones Transfu, SRLNo acreditó la experiencia requerida mediante contratos u órdenes de compra con sus certificaciones y tampoco presentó la carta de autorización del fabricante de distribución de la marca.
No habilitado
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RD$27,036,750
Inversiones Qtek, SRLPresentó dos marcas sin indicar las cantidades ofertadas para cada una, y la descripción técnica no identifica a cuál marca corresponde.
No habilitado
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RD$31,778,998
Grupo Continental Ferrero, SRLLa marca presentada, Comfort Time, no coincide con la marca ComfortMaster indicada en la descripción técnica y el catálogo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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Corporea RD, SRLPresentó el catálogo en inglés y no incluyó imágenes del producto ofertado.
No habilitado
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RD$16,852,760
Obelca, SRLIncluyó la oferta económica dentro de la oferta técnica.
No habilitado
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RD$94,624,200
Refrigeración P & W, SRLNo especificó cantidades ni niveles de ruido para los equipos de 12 y 18 BTU; el catálogo y la oferta técnica tenían especificaciones distintas y no se visualizaba el modelo.
No habilitado
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RD$106,379,106
Serd-Net, SRLEl acta refiere que el informe de visita recomendó no habilitarlo, sin detallar aquí la causa de esa recomendación.
No habilitado
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RD$103,226,400
Inversiones Koralia, SRLLa ficha técnica no coincidía con la muestra física presentada, que era de marca TGM.
No habilitado
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RD$31,594,500
Grupo Livao, SRLNo expresó los lotes en que participaba ni las cantidades ofertadas para cada caso.