El Acta núm. 29/2025, de fecha 2025-07-15, adjudica a AOR Dominicana, S.A.S. los servicios de colocación de medios por RD$35,340,000.00. Justifica la decisión con una puntuación final de 92/100 frente a 91/100 para Switch Media Technology Switch MT, S.R.L., cuya oferta económica fue menor, de RD$32,299,192.52.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (3)
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$35.3 millones
El acta registra para Switch 71/100 en la tabla de habilitación y 74/100 en la tabla de resultados finales. Con 74 puntos técnicos y 20 económicos, el total sería 94, no 91; la diferencia puede cambiar el orden de adjudicación, pues AOR figura con 92 puntos y resulta adjudicataria.
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta registra una oferta de Switch por RD$32,299,192.52, pero el portal suministrado la refleja en RD$0 y como pendiente, pese a que también registra el proceso como adjudicado y celebrado. Puede tratarse de un registro del portal atrasado o incompleto; conviene verificar la consistencia y actualización del expediente electrónico.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
El acta consigna una garantía de RD$380,000.00 para la oferta de Switch, mientras que el pliego citado en el expediente establece una garantía del 1 % del monto ofertado; ese porcentaje equivale aproximadamente a RD$322,991.93. El importe registrado coincide con el 1 % del presupuesto estimado de RD$38,000,000.00, por lo que conviene verificar la base aplicada, aunque el monto consignado es superior al 1 % de la oferta.
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
AOR Dominicana, S.A.S.El acta la declara adjudicataria por RD$35,340,000.00; consigna que cumplió los requisitos técnicos y económicos y obtuvo 92/100 puntos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona