El Aviso de Enmienda núm. 001, fechado el 4 de junio de 2025, modifica el pliego de la licitación ADN-CCC-LPN-2025-0007, tras recomendaciones del monitoreo preventivo de la DGCP y aclaraciones del período de preguntas y respuestas. Fija una ejecución de 12 meses y cambia requisitos y criterios de evaluación, entre ellos experiencia empresarial, acreditación Google Partner Premier, desempate por sorteo y vigencia de la garantía de fiel cumplimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige acreditar la condición Google Partner Premier y le asigna 5 puntos. Al vincular la calificación a una acreditación de una plataforma específica, conviene verificar su justificación técnica y el efecto sobre la competencia entre agencias.
“Evidencia que acredite a la agencia como Google Partner Premier … Acreditación Google Partner Premier 5 Ptos”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita el control puntuable de experiencia en campañas gubernamentales, al eliminar el criterio de 15 puntos y sustituirlo por uno de hasta 7 puntos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La documentación técnica exige 10 años y cuatro contratos, pero la tabla de puntuación asigna puntos también a ofertas con 5 a 9 años y dos contratos, e incluso a menos de cinco años y un contrato. La inconsistencia puede generar incertidumbre sobre si esos oferentes cumplen para ser evaluados o deben quedar excluidos.
“acreditar diez (10) años mínimo de experiencia en la colocación de medios a gran escala y mínimo cuatro contratos de colocación de publicidad en medios masivos de los cuales dos de estos deberán ser igual o superior a RD$22,800,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Sección I, numeral 5, punto 1Plazo de ejecución del servicio
El aviso no reproduce el plazo anterior.
Ejecución durante 12 meses secuenciales, contados desde la firma del contrato.
Aclara
Sección I, numeral 12.1.2, documentación técnicaExperiencia empresarial y requisitos de experiencia específica
El aviso no reproduce los requisitos anteriores.
Exige 10 años de experiencia y cuatro contratos, dos de al menos RD$22,800,000; además, tres campañas para instituciones estatales en contratos de al menos RD$15,000,000, dos referencias comerciales y documentación de alianzas y medios.
Endurece
Sección I, numeral 14.1.3Puntuación de experiencia empresarial y campañas
El aviso no reproduce íntegramente la tabla anterior.
Asigna hasta 20 puntos a experiencia empresarial y hasta 7 puntos a reportes de campañas con análisis KPI; fija tramos de puntuación según años y contratos acreditados.
Endurece
Sección I, numeral 14.1.3Acreditación Google Partner Premier
El aviso no indica que existiera este criterio.
Agrega la acreditación Google Partner Premier como requisito documental y le asigna 5 puntos.
Endurece
Sección I, numeral 14.1.3Eliminación de criterios de membresía y experiencia en campañas
Se puntuaban con 5 puntos la membresía en ADECC y con hasta 15 puntos los reportes de campañas gubernamentales.
Elimina ambos criterios; la tabla modificada contempla hasta 7 puntos para reportes de campañas con análisis KPI.
RelajaQuita un control: Se debilita el control puntuable de experiencia en campañas gubernamentales, al eliminar el criterio de 15 puntos y sustituirlo por uno de hasta 7 puntos.
Sección II, numeral 8Desempate de ofertas
El aviso no reproduce la regla anterior.
En caso de empate entre dos o más oferentes, dispone adjudicar mediante sorteo público con los oferentes empatados, el CCC y un notario público.
Aclara
Sección II, numeral 10, párrafo 3Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
El aviso no reproduce la regla anterior.
Vigencia mínima de un año desde su constitución y hasta el fiel cumplimiento del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona