El Aviso de Enmienda No. 001, fechado el 4 de junio de 2025 para la licitación ADN-CCC-LPN-2025-0007, modifica requisitos y criterios de evaluación, fija la ejecución del servicio en 12 meses y cambia la regla de desempate y la vigencia mínima de la garantía. Entre los cambios, establece experiencia empresarial de 10 años, cuatro contratos —dos de al menos RD$22,800,000— y agrega cinco puntos por acreditación Google Partner Premier; además elimina dos criterios anteriores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige 10 años de experiencia y cuatro contratos, dos de al menos RD$22,800,000, además de campañas gubernamentales en contratos de al menos RD$15,000,000. Frente al monto estimado de RD$38,000,000, estos umbrales pueden restringir la participación; corresponde verificar su proporcionalidad con la complejidad del servicio.
“Experiencia como proveedor (SNCC.D.049) con el fin de acreditar diez (10) años mínimo de experiencia en la colocación de medios a gran escala y mínimo cuatro contratos de colocación de publicidad en medios masivos de los cuales dos de estos”
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce de 15 a 7 puntos la ponderación de la experiencia en campañas gubernamentales y modifica la escala de verificación mediante reportes de monitoreo.; Se reduce la ponderación de la experiencia acreditada mediante reportes de campañas gubernamentales..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda dispone sorteo en caso de empate sin mencionar los criterios de preferencia previstos en el Reglamento 416-23. Según el cronograma del portal, las ofertas vencían el 17 de junio y la enmienda se publicó el 6 de junio; la alteración de criterios tan cerca del cierre también merece verificar si hubo tiempo proporcional para ajustar las propuestas. No consta que se produjera un empate, por lo que no se acredita efecto en la adjudicación.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá con la adjudicación mediante una selección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatados, el CCC y en presencia de Notari”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Cambios que introduce (9)
Sección
Antes
Después
Efecto
Sección I, numeral 5, tiempo de ejecuciónDuración del servicio
El aviso no reproduce la duración anterior.
Ejecución durante 12 meses secuenciales contados desde la firma del contrato.
Aclara
Sección I, numerales 12.1.2 y 14.1.3Experiencia de la persona jurídica o física
El aviso indica que se sustituyen los requisitos, pero no reproduce íntegramente los anteriores.
Exige 10 años mínimos de experiencia en colocación de medios a gran escala y cuatro contratos; dos deben ser iguales o superiores a RD$22,800,000. La escala asigna 20, 11 o 6 puntos según experiencia y contratos.
Endurece
Sección I, numeral 14.1.3Experiencia en campañas gubernamentales
El criterio anterior asignaba 15 puntos por al menos cinco reportes de monitoreo con análisis de KPIs.
El criterio modificado asigna hasta 7 puntos: 7 por cinco reportes, 4 por cuatro, 2 por menos de tres y 0 si no se presenta documentación.
RelajaQuita un control: Reduce de 15 a 7 puntos la ponderación de la experiencia en campañas gubernamentales y modifica la escala de verificación mediante reportes de monitoreo.
Sección I, numeral 14.1.3Experiencia del personal propuesto
La enmienda no reproduce las escalas anteriores.
Fija escalas de puntuación y experiencia para Director de Medios, Planificador de medios, Analista de medios, Planificador ATL y Encargado de medios digitales.
Aclara
Sección I, numeral 14.1.3Acreditación Google Partner Premier
No se incluía este criterio de evaluación.
Añade hasta 5 puntos por presentar evidencia de acreditación Google Partner Premier.
Endurece
Sección I, numeral 14.1.3Membresía en ADECC
La certificación de membresía en ADECC otorgaba 5 puntos.
Se elimina el criterio puntuable de membresía en ADECC.
Relaja
Sección I, numeral 14.1.3Criterio puntuable de experiencia gubernamental anterior
El criterio anterior otorgaba 15 puntos por presentar al menos cinco reportes de monitoreo con análisis de KPIs.
Se elimina esa escala de 15 puntos y se sustituye por una escala modificada de hasta 7 puntos para reportes de campañas gubernamentales.
RelajaQuita un control: Se reduce la ponderación de la experiencia acreditada mediante reportes de campañas gubernamentales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona