El acto administrativo de 30 de mayo de 2025 adjudica a Constructora Reinoso y Sánchez, SRL, el lote único del proceso ASDN-CCC-CP-2025-0007 por RD$11,759,672.27. Registra que Soluciones Constructiva e Inversiones SCI, SRL, no fue habilitada por incumplimientos técnicos y que no se le conoció oferta económica. El acto también contiene una conclusión general que afirma que los oferentes cumplieron los requisitos, en contradicción con esa descalificación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según los datos del portal, Reinoso figura con RD$0 y SCI con RD$11,024,576, ambas como cargadas y pendientes; el acta consigna para Reinoso una oferta de RD$11,759,672.27 y que a SCI no se le conoció oferta económica. El estado pendiente del portal podría reflejar información desactualizada, pero la divergencia documental y de montos debe cotejarse con el expediente electrónico antes de confirmar el registro de ofertas y la adjudicación.
“e Inversiones SCI, SRL … 16/05/202502:00am SECP No se le conoci6 … RD$11,759,672.27”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
El acto señala que solo uno de los dos oferentes cumplió la evaluación técnica y luego declara que los participantes cumplían todos los requerimientos, tanto técnicos como económicos. La contradicción merece revisión para aclarar el alcance de la evaluación y la motivación de la adjudicación.
“1 / 2 logro cumplir con todo lo solicitado en pliego de condiciones es_pecificas segin propuesta tecnica … los oferentes participantes oumplian con todos los requerimientos establecidos en el pliego de condicione§ elaborado en ocasi6n”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Reglamento 416-23, art. 13 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Artículo 13. Actos administrativos. Todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de selección serán formalizadas mediante actos administrativos que deberán estar debidamente motivados. En consecuencia, además de aquellas previstas en el artículo 15 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera enunciativa y no limitativa, aplicarán para: 1) La decisión de suspender el procedimiento en alguna etapa o en su globalidad. 2) La respuesta a los recursos o las solicitudes de investigación recibidas. 3) La aplicación de sanciones a los servidores públicos. Párrafo I. Los actos administrativos, y todos los documentos que componen el expediente administrativo, podrán ser firmados…
Soluciones Constructiva e Inversiones SCI, SRLEl acto indica que su oferta técnica no cumplió con todo lo solicitado y que no sería considerada para la adjudicación; consigna que no se le conoció oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona