La Enmienda No. 01, fechada el 21 de mayo de 2025, modifica el pliego de la licitación UTECT-CCC-LPN-2025-0002: reclasifica documentos como subsanables o no subsanables, ajusta la vigencia de ofertas y garantías y reorganiza la evaluación económica en 20 puntos. También explica que el certificado presupuestario de RD$17,150,000 corresponde al segundo semestre de 2025 y que el servicio continuaría en 2026, frente a un monto estimado de RD$19,000,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda reproduce que el certificado presentado cubre RD$17,150,000 frente a un estimado de RD$19,000,000, y la institución explica que corresponde al segundo semestre de 2025 y que el servicio continuaría en 2026. La distribución anual descrita merece cotejo con la planificación presupuestaria del contrato; el documento no establece por sí solo que el gasto de 2025 exceda la apropiación.
“Se aprecia que el certificado de apropiacion presupuestaria aportado a los fines del proceso da fe de que la institucion cuenta y hace reserva con un monto de RD$17,150,000.00 dentro del presupuesto del ano 2025. Siendo que el monto”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Ley 340-06, art. 38 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se permite completar o corregir después de la presentación documentos que sirven para verificar referencias comerciales, calidad y controles de plagas; la enmienda cita que el requisito debe existir al presentar la oferta o ser inherente a la capacidad..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 11.1.2 — Documentación técnicaSubsanabilidad de documentos de referencias, entrega, calidad, control de plagas y clientes
Los documentos enumerados no estaban calificados como subsanables, según la observación reproducida en la enmienda.
Se califican como subsanables las cartas de referencias de al menos tres empresas, el compromiso de entrega, certificaciones de calidad y control de plagas, y la carta de recomendación y listado de clientes actuales.
RelajaQuita un control: Se permite completar o corregir después de la presentación documentos que sirven para verificar referencias comerciales, calidad y controles de plagas; la enmienda cita que el requisito debe existir al presentar la oferta o ser inherente a la capacidad.
Numeral 11.1.2 — Documentación técnicaDocumentos declarados no subsanables
La documentación listada no estaba calificada expresamente como no subsanable, según la observación reproducida.
La oferta técnica, el currículo del personal profesional de cocina, la evidencia de al menos tres años de experiencia y las imágenes de cocina, almacenamiento y vehículos quedan expresamente como no subsanables.
Endurece
Numeral 11.2 — Mantenimiento de oferta y garantía de seriedadVigencia de las ofertas y garantías
La oferta debía estar vigente hasta el 25 de julio de 2025; la garantía se describía con vigencia de 120 días.
La oferta se establece por 60 días calendario, vinculada a la fecha de firma prevista del 5 de agosto de 2025; la garantía se especifica desde la apertura del 3 de junio hasta esa fecha.
Aclara
Numeral 12.2 — Evaluación de la oferta económicaPuntaje de requisitos de admisibilidad y ponderación económica
La presentación de la garantía de seriedad y del formulario en pesos dominicanos recibía cinco puntos cada una dentro de la metodología de puntaje.
La garantía de seriedad y la presentación en pesos pasan a evaluación cumple/no cumple; la oferta económica conserva 20 puntos, distribuidos en 12 por la cotización con los precios unitarios indicados y 8 por ser la oferta de menor costo entre las que cumplan.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona