La Enmienda No. 01, fechada el 21 de mayo de 2025, modifica el pliego de la licitación UTECT-CCC-LPN-2025-0002. Reclasifica documentos técnicos como subsanables o no subsanables, ajusta la vigencia de las ofertas y garantías hasta la fecha prevista de firma del contrato (5 de agosto de 2025) y modifica la evaluación económica, manteniendo un máximo de 20 puntos. No adjudica ni identifica oferentes en este documento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se permite completar después de presentar la oferta documentación que aporta evidencia de experiencia, calidad y controles sanitarios; la enmienda conserva la exigencia documental, pero flexibiliza cuándo se verifica..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 11.1.2 — Documentación técnicaSubsanabilidad de referencias, compromisos y documentos de calidad y control de plagas
Estos documentos no estaban calificados como subsanables.
Se califican como subsanables las referencias de al menos tres empresas, la carta de compromiso de entrega, las certificaciones de calidad y control de plagas, la documentación de controles anteriores y futuros y la carta de recomendación con listado de clientes.
RelajaQuita un control: Se permite completar después de presentar la oferta documentación que aporta evidencia de experiencia, calidad y controles sanitarios; la enmienda conserva la exigencia documental, pero flexibiliza cuándo se verifica.
Numeral 11.1.2 — Documentación técnicaDocumentos técnicos declarados no subsanables
Los documentos enumerados no estaban calificados como no subsanables.
Se declaran no subsanables la oferta técnica, el currículo del personal profesional a cargo de la cocina, la evidencia de al menos tres años de experiencia y las imágenes de instalaciones, almacenamiento y vehículos.
Endurece
Numeral 11.2 — Mantenimiento de oferta y garantía de seriedadPlazo de vigencia
Las ofertas debían estar vigentes hasta el 25 de julio de 2025 y la garantía se describía con vigencia de 120 días.
La oferta debe estar vigente por 60 días y coincidir con la fecha de suscripción; la garantía se fija hasta el 5 de agosto de 2025, fecha prevista para la firma del contrato.
Aclara
Numeral 12.2 — Evaluación económicaPuntaje y verificación de requisitos de admisibilidad
Se asignaban cinco puntos a la garantía de seriedad y cinco puntos a presentar el formulario económico en pesos dominicanos.
La garantía y la moneda se verifican mediante cumple/no cumple; la oferta económica conserva un máximo de 20 puntos, distribuidos en 12 puntos por la cotización con los precios establecidos y 8 por ser la oferta de menor costo entre las que cumplan los demás criterios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona