miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones estandar Servicios .pdf

Contratación de servicios para los montajes de eventos en las entregas de certificados de títulos definitivos a nivel nacional y otras actividades llevadas a cabo por la UTECT. · Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado

Publicado el 2 may de 2025Fechado el 17 abr de 202544 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UTECT-CCC-LPN-2025-0004

Lo que dice

El pliego, fechado el 18 de abril de 2025, fija las condiciones de la licitación UTECT-CCC-LPN-2025-0004 para contratar durante un año servicios de montaje de eventos a nivel nacional. Establece un presupuesto base de RD$45,000,000 y un monto de referencia de RD$5,000,000 por evento para 3,000 personas, además de criterios técnicos y económicos para seleccionar un único proveedor.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Umbral de oferta temeraria formulado como intervalo ambiguo

Documento del 2 may 2025 · hace 1 año

El pliego permite considerar no sustentable una oferta situada entre 25 % y 30 % por debajo del valor referencial, sin precisar cuál porcentaje se aplicará. El artículo 130 del Reglamento establece que el pliego debe fijar los criterios y la diferencia porcentual; la ambigüedad puede afectar la previsibilidad de la evaluación económica.

“Si el precio del presupuesto de la oferta es inferior de un veinticinco o treinta (25%-30%) con relación al monto del valor referencial del servicio cotizado, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Criterios financieros expresan límites e inecuaciones contradictorios

Documento del 2 may 2025 · hace 1 año

Las reglas de cumplimiento de los índices usan signos matemáticos incompatibles con las descripciones de los límites, especialmente para endeudamiento. La discrepancia puede producir resultados distintos al calificar la solvencia financiera.

“Mayor o igual que > 1.20 (Cumple) Menor que < 1.20 (No cumple» … «Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Metodología técnica mezcla requisitos obligatorios y puntuación

Documento del 2 may 2025 · hace 1 año

El pliego afirma que todos los documentos técnicos deben cumplirse totalmente para habilitar, pero también asigna puntajes parciales y establece un mínimo global de 68 sobre 80. No queda claro si una oferta que incumpla un criterio puntuable puede habilitarse al alcanzar el mínimo por otros criterios.

“En esta, todos los documentos referidos se convierten en habilitantes y obligatorios de la oferta y deberán ser cumplidos totalmente para que los oferentes puedan resultar habilitados para la segunda etapa, es decir, para la apertura y eval”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

A revisarHallazgo en documentos

Código UNSPSC exigido no coincide con la clasificación indicada

Documento del 2 may 2025 · hace 1 año

El pliego identifica el objeto como clase 80141600, pero en la documentación legal exige que el RPE tenga inscrita la actividad 80141607. La diferencia entre el código de clase descrito y el código requerido puede generar dudas sobre la actividad comercial habilitante y excluir oferentes que se ajusten a una de las dos referencias.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial , referida en el numeral 2 sobre “objeto del procedimiento ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentosRD$5 millones

El pliego permite facturar hasta 15 % sobre el valor de referencia

Documento del 2 may 2025 · hace 1 año

Aunque el monto de referencia por evento es RD$5,000,000, el pliego admite facturas superiores hasta en un 15 % si la entidad acepta la justificación del proveedor. La revisión y posible auditoría previstas mitigan el riesgo, pero conviene verificar el control de aprobaciones y el efecto acumulado sobre el monto contractual de RD$45,000,000.

“El oferente que resulte adjudicado no podrá exceder del monto de referencia establecido por cada evento y en caso de que por algún motivo presente facturas superiores a dicho monto, no podrá exceder del quince por ciento (15%) del monto de ”
Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (33)

  • Especificaciones Tecnicas.pdfPliego · 2 may de 2025 · 2 señales
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 2 may de 2025
  • Requerimiento de No Objeción.pdfAutorización · 2 may de 2025 · 1 señal
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 2 may de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 2 may de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 2 may de 2025
  • Acta de Inicio del procedimiento.pdfPliego · 2 may de 2025
  • Acta de Aprobacion del Procedimiento ordinario.pdfInforme pericial · 2 may de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 2 may de 2025
  • COMPROMISO ETICO DE PROVEEDORES.docxDocumento · 2 may de 2025
  • Contrato Ejecución de Servicios modelo.docxContrato · 2 may de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Acta de Aprobacion del Procedimiento ordinario.pdf
Pliego · 2 may de 2025 · 1 señal
  • Enmienda No. 1.pdfEnmienda · 9 jun de 2025 · 2 señales
  • Publicacion Diario Libre.pdfDocumento · 9 jun de 2025
  • Publicacion El Nuevo Diario.pdfDocumento · 9 jun de 2025
  • Enmienda No. 1.pdfEnmienda · 9 jun de 2025 · 3 señales
  • Publicacion Diario Libre.pdfEnmienda · 9 jun de 2025 · 1 señal
  • Publicacion El Nuevo Diario.pdfEnmienda · 9 jun de 2025 · 1 señal
  • Circular de notificacion de subsanacion Actividades Caoma SRL.pdfCircular · 17 jul de 2025
  • Circular de notificacion de subsanacion Alegre Eventos SRL.pdfCircular · 17 jul de 2025
  • Circular de notificacion de subsanacion Pink Iguana SRL.pdfCircular · 17 jul de 2025
  • Circular de notificacion de subsanacion Ricos Buffet SRL.pdfCircular · 17 jul de 2025
  • ACTA DE APROBACION DE INFORMES DEFINITIVOS Y HABILITADOS PARA LA APERTURA DE OFERTAS ECONOMICAS SOBRE B.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025
  • ACTA NOTARIAL DE RECEPCION DE OFERTAS TECNICAS Y ECONOMICAS Y APERTURA DE OFERTAS TECNICAS.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025 · 1 señal
  • COMPULSA.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025
  • INFORME DE CREDENCIALES.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025 · 2 señales
  • INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION TECNICA.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025
  • INFORME DEFINITIVO INDIVIDUAL Y CONSOLIDADO DE EVALUACION TECNICA.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025
  • INFORME FINANCIERO.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025 · 2 señales
  • Informe Preeliminar de Evaluación de Credenciales.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025
  • Informe preliminar de Evaluacion de Ofertas Tecnicas.pdfInforme de evaluación · 22 jul de 2025 · 1 señal
  • Acta de Cancelación e Informe definitivo de evaluación de oferta económica.pdfInforme de evaluación · 1 sept de 2025
  • Acta de Cancelación e Informe definitivo de evaluación de oferta económica.pdfInforme de evaluación · 1 sept de 2025 · 1 señal