Publicado el 2 may de 2025Fechado el 1 may de 20259 páginasEn el mensaje «Publicación de Pliego Enmendado y Resolución de Enmienda – LPN No. MIVHED-CCC-LPN-2025-0004»
El 2025-05-02, mediante la Resolución MIVHED/CCC/2025/082, el Comité aprobó la Enmienda No. 1 al pliego de la licitación MIVHED-CCC-LPN-2025-0004, cuyo presupuesto estimado es RD$361,583,430. La enmienda cambió a galones la unidad de medida de tres pinturas del Lote VII y modificó la documentación técnica exigida, incluyendo autorizaciones de fabricante para determinados artículos. El documento también consigna una certificación presupuestaria de RD$72,316,835, descrita como el 40% del presupuesto estimado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La visita para verificar el stock deja de presentarse como una actuación que la institución realizará y pasa a ser facultativa..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda incorpora autorizaciones de fabricante o representante local para ciertos materiales de los lotes II, III, IV y VII. El requisito puede limitar la participación a oferentes con autorización en la cadena de suministro; conviene verificar su justificación técnica y su impacto en la competencia.
“Autorización del Fabricante o del Representante local del mismo, en los casos de que los Bienes que no sean fabricados por el Oferente (SNCC.F.047), en la que el Fabricante le autoriza a comercializar sus productos en el país.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
3. Descripción del bien — Lote VIIUnidad de medida de tres pinturas
Las pinturas acrílicas almendra, blanco 00 y azul arroyo se expresaban en unidades (UDS).
Las tres pinturas se expresan en galones (GAL), manteniendo las cantidades indicadas.
Aclara
11.1.2 Documentación técnicaAutorización del fabricante o representante local
No se incluía este requisito entre los documentos técnicos enumerados.
Se añade autorización para ciertos artículos de los lotes II, III, IV y VII cuando no sean fabricados por el oferente.
Endurece
11.1.2 y 12.1.3 — almacenesUbicación y verificación de existencias
Se pedía fotografía y ubicación del almacén y se indicaba que la institución realizaría visitas para validar existencias.
Se exige la ubicación exacta del almacén, pero la institución se reserva el derecho de realizar visitas para validar existencias.
RelajaQuita un control: La visita para verificar el stock deja de presentarse como una actuación que la institución realizará y pasa a ser facultativa.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona