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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego LPN 2025 0015 Transformadores PTS.pdf

Adquisición de Transformadores de Tensión 72.5Kv y 145Kv · Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana

Publicado el 30 abr de 202595 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ETED-CCC-LPN-2025-0015

Lo que dice

El pliego establece una Licitación Pública Nacional para adquirir 30 transformadores de tensión —15 de 72.5 kV y 15 de 145 kV—, con presupuesto base de RD$11,557,357.20 y entrega total en un máximo de 18 meses. Fija la recepción de ofertas para el 18 de junio de 2025 y adjudicación por ítem a la oferta de menor precio que cumpla los requisitos. El documento está fechado únicamente en mayo de 2025; no identifica acta ni decisión de habilitación o adjudicación.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Reglas incompatibles sobre subsanar documentos en otro idioma

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

La sección técnica califica como no subsanable la falta de traducción de documentos, mientras que las reglas generales del pliego permiten aportarla durante la subsanación. La contradicción puede llevar a tratamientos distintos de ofertas ante una misma omisión.

“Toda la documentación requerida en la Oferta Técnica debe estar en idioma español y/o inglés, de encontrarse en un idioma distinto, deberá ser traducido al español, adjunto a … la escritura en el otro idioma. (Su incumplimiento implica la”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

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A revisarHallazgo en documentos

Actividad UNSPSC aparece a la vez como preferible y obligatoria

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

El pliego primero califica como «preferiblemente» la actividad comercial indicada, pero luego exige que conste en el RPE y la incorpora a la evaluación de elegibilidad. La diferencia puede generar incertidumbre sobre si la falta de esa actividad excluye a un oferente.

“Por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial: … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC l”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Penalidades diarias altas y sin tope expreso en las cláusulas citadas

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

El pliego prevé penalidades calculadas sobre el monto total del contrato, de hasta 4% por día para ciertos incumplimientos, y no indica en esas cláusulas un límite acumulado. La exposición económica potencial y la formulación de las escalas merecen revisión por proporcionalidad y claridad contractual.

“la penalidad aplicable será equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total del contrato por cada día o fracción de día en que no se haya corregido dicho incumplimiento, sin perjuicio de que, a opción de LA ETED, se proceda a la termi”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 28 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

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Criterio de oferta temeraria fijado en 40% bajo el presupuesto

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

El pliego define como temeraria solo la oferta que esté 40% por debajo del presupuesto base. Ese umbral elevado puede dejar sin examen específico de sustentabilidad precios que sean anormalmente bajos pero no alcancen esa diferencia; conviene verificar cómo se aplicará junto con la evaluación económica.

“Para este pliego de considera como oferta temeraria un precio con 40% por debajo del presupuesto base.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Exige antecedentes penales de accionistas con 10% o más

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

Entre las credenciales exige certificaciones de no antecedentes penales para cada accionista con al menos 10% de las cuotas, además del representante. Es un requisito personal amplio para una compra de bienes y merece revisión de su vinculación y proporcionalidad con la ejecución del contrato.

“Certificación de No Antecedentes Penales, de todos los accionistas de la composición societaria que tengan igual o mayor al 10% de las cuotas, así como del representante designado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Oferentes que registra (8)

8 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Electroval, SRLEl portal registra oferta cargada / pendiente; el pliego no determina habilitación ni adjudicación.Mencionado——
Santana Germán Supply Battery Solar, SRLEl portal registra oferta cargada / pendiente; el pliego no determina habilitación ni adjudicación.Mencionado——
Energoindustrial, SRLEl portal registra oferta cargada / pendiente; el pliego no determina habilitación ni adjudicación.Mencionado——
Salco Electric Company, SRLEl portal registra oferta cargada / pendiente; el pliego no determina habilitación ni adjudicación.Mencionado——
Dutech Dominicana, SRLEl portal registra oferta cargada / pendiente; el pliego no determina habilitación ni adjudicación.Mencionado——
Baires Ingenieria S.R.L.El portal registra una oferta de RD$8,561,561 cargada / pendiente; el pliego no determina habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$8,561,561
Gestión Energética e Industrial Suaport GEISA, SRLEl portal registra una oferta de RD$9,823,783 cargada / en tratamiento; el pliego no determina habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$9,823,783
Electricos Profesionales Elecprof SRLEl portal registra una oferta de RD$14,748,838 cargada / pendiente; el pliego no determina habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$14,748,838

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • Invitación LPN 2025 0015.pdfDocumento · 30 abr de 2025
  • Ficha de participación Oferentes.xlsxDocumento · 30 abr de 2025
  • 2do. día viernes 2 de mayoLPN 2025 0015.pdfDocumento · 6 may de 2025
  • Primera publicación 1o de mayo 2025.pdfDocumento · 6 may de 2025
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  • Circular No. 5 ETED-CCC-LPN-2025-0015.pdfCircular · 30 may de 2025
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