Publicado el 23 abr de 2025Fechado el 21 abr de 202514 páginasEn el mensaje «NOTIFICACIÓN DE INFORME EVALACION ECONOMICA, ACTA DE APERTURA DE OFERTA TECNICA Y ACTA DE ADJUDICACION»
El informe definitivo de evaluaciones económicas, fechado el 22 de abril de 2025, recomienda adjudicar el proceso a seis oferentes por un total de RD$2,716,040.22 y registra como desierto el rubro de cubeta plástica de 3 galones por incumplimiento de las muestras. El detalle reparte cantidades de los ítems 4 y 8 entre dos proveedores pese a que uno presenta un precio unitario final inferior; además, la tabla de lugares ocupados para el detergente no incluye al proveedor al que se adjudica ese ítem.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla de lugares ocupados identifica a Optimum en primer lugar y a Newton en segundo para el ítem 11, pero el detalle de adjudicación asigna ese ítem a GTG. El precio unitario final de GTG consignado en el detalle es menor que los dos precios mostrados en la tabla; corresponde reconciliar por qué el adjudicatario no aparece en ella y si la relación de lugares ocupados está completa.
“OPTIMUM CONTROL DE PLAGAS SRL | 11 | DETERGENTE EN POLVO SACO | UNIDAD | 400.00 | 1,185.0000 | 213.3000 | 1,398.3000 | 1 … NEWTON RADHAMES PEREZ NIN | 11 | DETERGENTE EN POLVO SACO | UNIDAD | 400.00 | 1,195.0000 | 215.1000 | 1,410.1000 | 2 ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El informe asigna parte del ítem 4 a Maxar y parte del ítem 8 a Newton, aunque GTG y Veroque, respectivamente, tienen precios unitarios finales menores y ambos figuran con la cantidad completa ofertada. Con los precios y cantidades adjudicadas que consigna el detalle, el reparto representa RD$8,378 más que asignar esas cantidades al precio unitario menor; el documento no explica el criterio de división.
“El Comité de Compras evaluará y comparará únicamente las ofertas que se ajusten sustancialmente al presente pliego de condiciones específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del menor precio ofertado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona