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Abriendo la ficha…

Señal · Hallazgo en documentos

El pliego declara no subsanables formularios que su cláusula final dice que no rechazan

InstituciónEmpresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A.

ContextoDocumento del 27 ago 2026 · hace 1 mesDetectada el 28 sept de 2026Lectura con inteligencia artificial de un documento oficial

Documentos y fuentesVer el proceso EDEESTE-MAE-PEEN-2026-0009

Qué se encontró

La sección final del pliego (pág. 55) establece que no presentar alguno de los documentos estandarizados no será motivo de rechazo, pero el numeral 12.1.1 c) declara no subsanables y obligatorios el Formulario de Oferta Técnica Detallada (ANEXO C) y la Planilla de Datos Garantizados, y marca como NO SUBSANABLE el Formulario de Oferta Económica (SNCC.F.033). La inconsistencia interna puede generar ambigüedad sobre los requisitos de habilitación; no consta efecto en la adjudicación.

“Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos estandarizados, esto no será motivo de rechazo de su oferta, ni será obstáculo para que los peritos la evalúen” — PLIEGO DE CONDICIONES CABLE DE ACERO.pdf, página 55

La página de esta cita es una imagen escaneada: comprobamos la cita contra nuestra lectura automática de esa imagen. Verifícala en el documento original.

Comprobada en una segunda lectura: antes de publicarla, otra lectura con inteligencia artificial contrastó este hallazgo con el documento y con los datos del portal y ajustó su redacción o su gravedad.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación

Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.

Documentos y fuentes

En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.

PLIEGO DE CONDICIONES CABLE DE ACERO.pdfPliego · 27 ago de 2026 · 56 págs.

El pliego convoca un procedimiento competitivo de emergencia para adquirir 126,208 metros de cable de acero cobreado desnudo #2 AWG, con presupuesto referencial de RD$30,287,395.84. La convocatoria fue publicada el 27 de agosto de 2026 y el cierre de ofertas se fijó para el 7 de septiembre. Entre sus reglas, prioriza la cantidad disponible para entrega inmediata, permite un precio unitario de hasta 14% sobre la referencia y prevé un anticipo de 30% para MIPYMES adjudicatarias.

Ver todo lo que registra este documentoOriginal en el Portal Transaccional
  • Fuente oficialEl proceso EDEESTE-MAE-PEEN-2026-0009 en el Portal Transaccional Pliego, documentos, ofertas, adjudicación y contratos, como los publica la Dirección General de Contrataciones Públicas

Todos los oferentes que registra el acta (6)

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Electrocable International Group, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; no consta evaluación ni adjudicación en la información proporcionada.MencionadoÍtem únicoRD$16,974,522
Consorcio Keiko-ACCOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; no consta evaluación ni adjudicación en la información proporcionada.MencionadoÍtem únicoRD$28,170,888
Maet Innovation Team, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; no consta evaluación ni adjudicación en la información proporcionada.MencionadoÍtem únicoRD$29,934,013
Punto Market, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; no consta evaluación ni adjudicación en la información proporcionada.MencionadoÍtem únicoRD$33,356,320
TD Power, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; no consta evaluación ni adjudicación en la información proporcionada.MencionadoÍtem únicoRD$36,039,956
Suplidora Leopeña, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; no consta evaluación ni adjudicación en la información proporcionada.MencionadoÍtem únicoRD$36,599,916

Ofertas del proceso (7)

OferenteOfertaEntregadaResultado
Suplidora Leopeña, SRLRD$36,599,9167 sept de 2026Pendiente
TD Power, SRLRD$36,039,9567 sept de 2026Pendiente
Punto Market, SRLRD$33,356,3207 sept de 2026Pendiente
Electricos Profesionales Elecprof SRLRD$33,061,4487 sept de 2026Pendiente
Maet Innovation Team, SRLRD$29,934,0136 sept de 2026Pendiente
Consorcio Keiko-ACCRD$28,170,8887 sept de 2026Pendiente
Electrocable International Group, SRLRD$16,974,5227 sept de 2026Pendiente

Ver todas las señales de este tipo →

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  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • EmpresasProveedores del Estado: contratos, dueños y señales

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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