Criterio de adjudicación no define cómo incide el precio
· hace 1 añoRD$20 millones
Dirección General Impuestos Internos · Estado: Proceso desierto
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Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza en cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Grupo Hiciano Gruhinc, S.R.L., contra la Resolución Núm. 001-2025 de fecha 14 de julio de 2025, y se CONFIRMA en todas sus partes la declaratoria de desierto del procedimiento de Excepción por Exclusividad Núm. DGII-CCC-PEEX-2025-0003, al comprobarse que la evaluación técnica y financiera fue realizada conforme a los criterios del…
Empresa: Grupo Hiciano Gruhinc, SRL (presentó la acción)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el jerárquico presentado por la razón social Grupo Hiciano Gruhinc, S.R.L., contra el Acto Núm. 089-2025 de fecha 24 de junio de 2025 contentiva de declaratoria de desierto emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Dirección General de Impuestos Internos, en el marco del procedimiento de Excepción por Exclusividad Núm. DGII-CCC-PEEX-2025-0003, llevado a cabo para la “Contratación plataforma web multiservidores para el servicio de almuerzo de los colaboradores de la sede central y localidades de la zona metropolitana”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR En cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Grupo Hiciano Gruhinc, S.R.L., debido a que no fue comprobada alguna irregularidad en la evaluación de las ofertas o en el Acto Núm. 089-2025 de fecha 24 de junio de 2025 de declaratoria de desierto del procedimiento de Excepción por Exclusividad Núm. DGII-CCC-PEEX-2025-0003. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente, la razón social Grupo Hiciano Gruhinc, S.R.L..; y, ii) a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Grupo Hiciano Gruhinc, SRLProveedor desde 18 jul de 2022 | RD$20,000,000 | 22 may de 2025 | En tratamiento |
| Inversiones Siurana, SRLProveedor desde 16 mar de 2016 | RD$19,400,000 | 22 may de 2025 | Pendiente |
La solicitud de compra núm. 3000000395, fechada el 16 de abril de 2025, registra el requerimiento de una unidad de una plataforma web multiproveedores para el servicio de almuerzo de colaboradores de la sede central y localidades de la zona metropolitana. El documento no consigna monto estimado ni identifica oferentes; el portal registra un estimado de RD$20,000,000.
La certificación del 16 de abril de 2025 confirma la apropiación y reserva de cuota de compromiso por RD$20,000,000 para contratar una plataforma web multiproveedores de almuerzos para los colaboradores de la DGII. Indica que se utilizará un procedimiento de excepción por bienes y servicios con exclusividad.
El informe pericial GRRHH núm. 231-2025, fechado el 4 de abril de 2025, recomienda contratar por RD$20,000,000 una plataforma web multiproveedores de almuerzos mediante excepción por selección competitiva. Sustenta la recomendación en el historial de consumo y en procesos de otras instituciones, donde reporta 24 procesos similares y que Inversiones Siurana recibió 18 de las 21 adjudicaciones concluidas.
El Acto Administrativo núm. 051-2025, fechado el 1 de mayo de 2025, aprueba el procedimiento de excepción por exclusividad DGII-CCC-PEEX-2025-0003 para contratar una plataforma web multiproveedores de almuerzos, con fondos certificados por RD$20,000,000. Designa a Juana Esmeralda Bello, Adelina Sánchez y Lilian M. Beltré como peritos técnicos y también como responsables de recibir los bienes. Ordena convocar a los oferentes beneficiados con la exclusividad y publicar el acto en el SECP y el portal institucional.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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El pliego de mayo de 2025 establece las condiciones para contratar, mediante excepción por exclusividad, una plataforma web multiproveedores de almuerzos para la DGII, con presupuesto de hasta RD$20,000,000.00 y adjudicación total a la oferta de mayor puntaje. Define requisitos legales, financieros y técnicos, evaluación técnica sobre 100 puntos y condiciones de ejecución y pago; también contiene inconsistencias en la evaluación financiera y en algunos requisitos de participación.
Las especificaciones describen la contratación de una plataforma web multiproveedores para gestionar almuerzos y sus consumos, hasta agotar un presupuesto de RD$20,000,000. Establecen requisitos para la plataforma y el proveedor, y señalan que los requisitos de los restaurantes afiliados serán evaluados después de adjudicar la plataforma. También incluyen funciones relativas a desayunos, aunque el objeto se formula como un servicio de almuerzos.
El informe, fechado el 24 de febrero de 2025, recomienda una excepción competitiva por exclusividad para una plataforma de desayunos, almuerzos y cenas destinada al personal del Ministerio de Hacienda, tras una manifestación de interés realizada del 10 al 12 de febrero. El documento no identifica a la DGII y describe una necesidad, institución y alcance distintos de los del proceso DGII-CCC-PEEX-2025-0003, convocado el 8 de mayo de 2025 para almuerzos.
El Acto Administrativo núm. 051-2025, de fecha 2025-05-01, aprueba el procedimiento de excepción por exclusividad DGII-CCC-PEEX-2025-0003 para contratar una plataforma web multiproveedores de almuerzos, con fondos certificados por RD$20,000,000. Designa peritos para evaluar las ofertas y recibir los bienes, y ordena convocar a todos los oferentes que cuenten con la exclusividad y publicar el acto en el SECP y el portal institucional.
Grupo Hiciano Gruhinc presentó el 12 de mayo de 2025 observaciones al pliego del proceso DGII-CCC-PEEX-2025-0003. Solicita revisar el requisito de experiencia y varios criterios de ubicación de proveedores; el documento no consigna que la DGII haya aceptado esas propuestas ni que haya modificado el pliego.
El Registro de Adenda/Enmienda RA-01, fechado el 14 de mayo de 2025, modifica el cronograma del proceso DGII-CCC-PEEX-2025-0003. Fija la recepción de ofertas hasta el 22 de mayo de 2025 y establece fechas para evaluación, subsanación, adjudicación y suscripción del contrato, prevista para el 15 de agosto de 2025.
El Acto Administrativo núm. 061-2025, emitido el 14 de mayo de 2025, aprueba el Registro de Adenda/Enmienda RA-01 del procedimiento DGII-CCC-PEEX-2025-0003. También ordena publicar el acto en el SECP y en el portal institucional; no reproduce los términos detallados de la adenda.
El Registro de Adendas/Enmienda RA-02, emitido el 14 de mayo de 2025 para el proceso DGII-CCC-PEEX-2025-0003, modifica la documentación de la oferta técnica y la metodología y los criterios de evaluación. Entre otros cambios, establece evaluaciones cumple/no cumple para la documentación legal y financiera, y una evaluación por puntaje para la técnica, distribuida en 40 puntos para requisitos del proveedor, 50 para la plataforma y 10 para restaurantes afiliados.
El Comité de Compras y Contrataciones de la DGII aprobó el 15 de mayo de 2025 la Adenda/Enmienda RA-02 del procedimiento DGII-CCC-PEEX-2025-0003. El acto indica que la adenda modifica los requisitos de documentación de la oferta técnica y la metodología y los criterios de evaluación, pero no reproduce el contenido detallado de esos cambios.
Grupo Hiciano Gruhinc, S.R.L. presentó el 26 de junio de 2025 un recurso de oposición y reconsideración contra el Acto Administrativo 089-2025, de 24 de junio, que declaró desierto el proceso DGII-CCC-PEEX-2025-0003. El acto reproducido consigna que los dos oferentes no cumplieron los requisitos financieros y recomienda declarar desierto el procedimiento; el recurso solicita reconsiderar esa decisión y adjudicar a Grupo Hiciano. El documento no consigna una decisión posterior sobre el recurso.
Grupo Hiciano Gruhinc, S.R.L. presentó el 26 de junio de 2025 un recurso de oposición y reconsideración contra el Acto Administrativo 089-2025, fechado el 24 de junio, que declaró desierto el proceso DGII-CCC-PEEX-2025-0003. El acto indica que los dos oferentes participantes no cumplieron los requisitos financieros; el recurso sostiene que Grupo Hiciano cumplió y solicita que se reconsidere la decisión y se le adjudique el proceso. El documento no incluye una decisión sobre el recurso.