Comisión Presidencial Apoyo Desarrollo Barrial · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
A pesar de que la recurrente tiene mérito, pues la institución contratante descalificó la oferta del recurrente en base de criterios de evaluación que no fueron previamente establecidos en el pliego de condiciones, se rechaza los pedimentos de revocar la Resolución S/N de fecha 30.6.2022 emitida por el CPADB que da respuesta al recurso de impugnación presentado por la recurrente, ya que no se aprecian vicios contra…
Empresas: Empresas Integradas, SAS (presentó la acción)MEL-AW Variedades y Servicios, SRL (presentó la acción)
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión presentado por la razón social MEL-AW Variedades y Servicios, S.R.L., relativo a presentar el recurso jerárquico de manera extemporánea, pues a pesar de que tanto el acta de adjudicación como la respuesta al recurso de impugnación no son eficaces pues no contiene las vías y los plazos como lo exige la Ley Núm. 107-13, la recurrente presentó sus respectivas acciones en plazo hábil, tal y como se estableció en el párrafo 33 de la presenta resolución. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Empresas Integradas, S.A.S., contra la Resolución S/N de fecha 30 de junio de 2022, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial De Apoyo Al Desarrollo Barrial (CPADB) en respuesta a su recurso de impugnación en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CPADB-CCC-LPN-2022-0002, llevado a cabo para la “Adquisición de raciones alimenticias para ser donadas a familias de escasos recursos.”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Empresas Integradas, S.A.S., esta Dirección General decide lo siguiente: i. RECHAZAR el pedimento de que sea revocada la Resolución S/N de fecha 30 de junio de 2022, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial De Apoyo Al Desarrollo Barrial en respuesta a su recurso de impugnación, ya que no se establecieron aspectos que vicien dicho acto administrativo. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Publicas ii. Del mismo modo, se RECHAZA el pedimento de anular el Acta de Adjudicación S/N de fecha 8 de junio de 2022, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial De Apoyo Al Desarrollo Barrial toda vez que el procedimiento de referencia ha sido ejecutado en su totalidad, por tanto, sería de cumplimiento imposible una eventual emisión de otra acta de adjudicación. iii. RECHAZAR el pedimento de ordenar la adjudicación a favor de la recurrente, pues dicha acción escapa del ámbito de competencia de este Órgano Rector pues corresponde únicamente a las instituciones contratante adjudicar a los oferentes que corresponda, según los resultados obtenidos de los informes de evaluación de ofertas. iv. RECHAZAR el pedimento de “abstenerse a continuar con el proceso de licitación del proceso No. CPADB-CCC-LPN-2022-0002, así como suscribir los contratos de adjudicación de los bienes hasta tanto sea intervenido una decisión definitiva con relación a la presente impugnación”, en razón de que no dicho pedimento no se encuentra fundamentado en los elementos necesarios para la ponderación y adopción de una medida cautelar. CUARTO: DECLARAR que la CPADB cometió irregularidades graves en la evaluación de la propuesta de la razón social Empresas Integradas, S.A.S. en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CPADB-CCC-LPN-2022-0002, al someter a la oferta de la recurrente a criterios no contemplados en el pliego de condiciones. Dichas irregularidades sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer, las acciones correctivas a aplicar y para mejorar en procedimientos futuros. QUINTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad de la CPADB, que debido a las irregularidades observadas, conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley ' ' ' ' ' GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Publicas Núm. 340-06 y sus modificaciones, identifique a los funcionarios - que hayan participado y permanezca en la actual gestión –por no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. Una vez aplicadas la sanciones que corresponda, remitir al Órgano Rector, un plazo de 5 días hábiles, un informe sobre las acciones aplicadas a raíz de los hallazgos determinadas en el conocimiento del presente recurso. SEXTO: ORDENAR a la Comisión Presidencial De Apoyo Al Desarrollo Barrial (CPADB): i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa el procedimiento de que se trata, en especial el contrato suscrito con la razón social MEL-AW Variedades y Servicios, S.R.L. correspondiente a la adjudicación del objeto del procedimiento, así como los comprobantes de recepción en almacén de los ítems; y ii) una vez publicado dicho documento, notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentra cargado en el Portal Transaccional. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente razón social Empresas Integradas, S.A.S.; ii) a la adjudicataria, la razón social MEL-AW Variedades y Servicios, S.R.L., y ii) a la Comisión Presidencial De Apoyo Al Desarrollo Barrial (CPADB), para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Publicas
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| MEL-AW Variedades y Servicios, SRL | RD$6,655,560 | 22 jun de 2022 | Cerrado · contrato |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Antelo Dominicana, SRLProveedor desde 23 ene de 2020 | RD$7,637,441 | 26 may de 2022 | Rechazada |
| Soluciones Eléctricas y Civiles-SOLECI, SRLProveedor desde 18 mar de 2015 | RD$7,567,680 | 31 may de 2022 | Calificada |
| AREG TRADE SUPPLY GROUP, SRLProveedor desde 3 mar de 2021 | RD$6,655,560 | 31 may de 2022 | Calificada |
| MEL-AW Variedades y Servicios, SRLProveedor desde 9 sept de 2021 | RD$6,655,560 | 31 may de 2022 | Adjudicado |
| Empresas Integradas, SASProveedor desde 13 sept de 2006 | RD$5,921,160 | 30 may de 2022 | Descalificada |
| Estrella Roja, SRLProveedor desde 16 jul de 2019 | sin monto publicado | 30 may de 2022 | Rechazada |
| Núñez & Bone Alimentos Service, SRLProveedor desde 29 mar de 2021 | sin monto publicado | 31 may de 2022 | Rechazada |
| Distribuidora San Roque Disanro, SRLProveedor desde 30 mar de 2021 | sin monto publicado | 31 may de 2022 | Rechazada |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona