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Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Tipo de acción: Recurso jerárquico presentado por la razón social Conagremix, S.R.L., contra el Acto Administrativo s/n de fecha 11 de diciembre de 2025, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial (CPADB) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CPADB-CCC LPN-2025-0006, llevado a cabo…
Procesos: CPADB-CCC-LPN-2025-0006 (Adquisición de materiales diversos de construcción para programa de…)LPN-2025-0006
Empresas: CONAGREMIX, SRL (presentó la acción)Soluciones Eléctricas y Civiles-SOLECI, SRL (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Conagremix, S.R.L., contra el Acto Administrativo s/n de fecha 11 de diciembre de 2025, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial (CPADB) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CPADB-CCC-LPN-2025-0006, en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. Ref. CPADB-CCC-LPN-2025-0006, llevado a cabo para la “Adquisición de materiales diversos de construcción para programa de ayudas e iniciativas comunitarias”, Lote 3, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Conagremix, S.R.L., esta Dirección General decide: i. RECHAZAR los pedimentos de que se revoque el Acta de Adjudicación s /n de fecha 5 de diciembre del 2025 y se ordene reevaluación de su oferta, toda vez que, pese a las irregularidades verificadas en el procedimiento, este ya se encuentra plenamente ejecutado, circunstancia que impide disponer su revocación por parte de esta Dirección General. ii. RECHAZAR el pedimento de adjudicar a la razón social Conagremix, S.R.L., en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CPADB-CCC-LPN-2025- 0006, toda vez que dicha actuación corresponde exclusivamente a las instituciones contratantes en su calidad de unidades operativas de compras, conforme al artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, resultando por tanto ajeno a la competencia de esta Dirección General. TERCERO: DECLARAR que, en atención al mérito de los planteamientos y alegaciones presentadas, así como del examen del expediente administrativo relativo procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CPADB-CCC-LPN-2025-0006, este Órgano Rector, identificó que la CPADB incurrió en evaluación incorrecta de la oferta de la recurrente toda vez que, descartó una propuesta técnicamente habilitada y de menor precio debido a que en la oferta económica uno de los ítems reflejaba Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a pesar de estar exento a criterio de la institución contratante. CUARTO: ORDENA a la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial (CPADB) publicar la gestión completa de la licitación referida en un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, en especial el acto de aprobación del informe definitivo de evaluación de la oferta técnica, y una vez publicados todos los documentos del procedimiento de referencia, notificar a esta Dirección General, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación que los mismos se encuentran disponibles en la referida plataforma. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Conagremix, S.R.L.; ii) a la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial (CPADB), y; iii) a la adjudicataria, la razón social Soluciones Eléctricas y Civiles-SOLECI, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona