La DGCP anuló actos de este proceso (resolución RIC-200-2020)
· hace 5 años
Ministerio de Agricultura · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
· hace 5 años
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza en cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Global Tech Solutions, S.R.L., toda vez que si bien tiene mérito su argumento relativo a que el Ministerio de Agricultura, al descalificar su oferta técnica, inobservó los principios de competencia entre oferentes y razonabilidad, no menos cierto es no procede ordenar al Ministerio de Agricultura la “reevaluación del proceso”, toda…
Empresas: Global Tech Solutions, S.R.L. (presentó la acción)Global Tech Professional Solutions NKL, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Global Tech Solutions, S.R.L., o Global Tech Professional Solutions NKL, S.R.L., contra la comunicación de fecha 5 de diciembre de 2019, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Agricultura, en respuesta a su impugnación contra los resultados de las evaluaciones de las ofertas técnicas, en el marco del procedimiento de ffl: ¡jj~ GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, para la “Adquisición de equipos informáticos, para ser utilizados en las Direcciones Regionales este (Higüey), suroeste (San Juan de la Maguana), noroeste (Valverde, Mao), sur (Barahona), norte (Santiago), norcentral (La Vega) y central (Baní)”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Global Tech Solutions, S.R.L., o Global Tech Professional Solutions NKL, S.R.L., toda vez que si bien tiene mérito su argumento relativo a que el Ministerio de Agricultura, al descalificar su oferta técnica, inobservó los principios de competencia entre oferentes y razonabilidad, no menos cierto es que este Órgano Rector no tiene facultad para evaluar ofertas y tampoco procede ordenar al Ministerio de Agricultura la “reevaluación del proceso”, toda vez el objeto de la contratación ya se ha consumado y carecería de efectos la reevaluación del procedimiento de referencia que del párrafo 52 de la presente Resolución. TERCERO: DECLARAR que con la revisión de legalidad de las actuaciones reclamadas por la recurrente, esta Dirección General ha satisfecho su solicitud de “revisión del proceso”, toda vez que no presentó conclusiones concretas respecto al procedimiento de referencia, tal y como fue referido en el párrafo 50 de esta Resolución. CUARTO: DECLARAR que el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Agricultura, en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC- LPN-2019-0015, no cumplió con las disposiciones descritas y sintetizadas en el párrafo 57 de la presente Resolución, las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. ffl: ¡jj~ GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS República Dominicana Dirección General Contrataciones Públicas QUINTO: ORDENAR al Ministerio de Agricultura: i. publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del proceso de compra y contratación, en especial, el acto de “recepción de propuestas “Sobre A” y “Sobre B”, y apertura de “Sobre A”, de las propuestas técnicas, de fecha veintinueve (29) de noviembre de 2019”, y el informe pericial de evaluación de propuestas técnicas “Sobres A”; y ii. una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentran cargados en el Portal Transaccional. SEXTO: RECOMENDAR al Ministro de Agricultura, que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, identifique a los funcionarios - que hayan participado y permanezcan en la actual gestión – por ser reincidentes y no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SÉPTIMO: RECOMENDAR al Ministro de Agricultura, promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) para su correcta aplicación; así como también promover formaciones y actualizaciones periódicas sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente Resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. ffl: ¡jj~ GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS República Dominicana Dirección General Contrataciones Públicas OCTAVO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución al Ministerio de Agricultura y a la razón social Global Tech Solutions, S.R.L., o Global Tech Professional Solutions NKL, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. DÉCIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Soluciones Globales JM, SA | RD$6,987,898 | 16 ene de 2020 | Cerrado · contrato |
| Soluciones Globales JM, SA | RD$6,987,898 | 10 ene de 2020 | Cancelado |
| Cecomsa, SRL | RD$5,296,535 | 16 ene de 2020 | Cerrado · contrato |
| Cecomsa, SRL | RD$5,296,535 | 10 ene de 2020 | Cancelado |
| Distosa, SRL | RD$1,778,378 | 10 ene de 2020 | Cancelado |
| Distosa, SRL | RD$1,778,378 | 16 ene de 2020 | Cerrado · contrato |
| Omega Tech, SA | RD$235,104 | 10 ene de 2020 | Cancelado |
| Omega Tech, SA | RD$235,104 | 16 ene de 2020 | Cerrado · contrato |
| Compu-Office Dominicana, SRL | RD$219,759 | 16 ene de 2020 | Cerrado · contrato |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Cecomsa, SRLProveedor desde 29 nov de 2005 | RD$20,531,607 | 20 ene de 2020 | Adjudicado |
| Soluciones Globales JM, SAProveedor desde 29 ago de 2006 | RD$14,176,637 | 20 ene de 2020 | Adjudicado |
| Multicomputos, SRLProveedor desde 29 nov de 2005 | RD$12,555,925 | 21 ene de 2020 | Calificada |
| Omega Tech, SAProveedor desde 29 nov de 2005 | RD$12,420,193 | 21 ene de 2020 | Adjudicado |
| Sinergit, SAProveedor desde 20 sept de 2006 | RD$11,183,525 | 21 ene de 2020 | Calificada |
| Compu-Office Dominicana, SRLProveedor desde 19 mar de 2007 | RD$7,992,863 | 13 ene de 2020 | Adjudicado |
| Productive Business Solutions Dominicana, SASProveedor desde 29 nov de 2005 | RD$6,332,797 | 21 ene de 2020 | Calificada |
| Distosa, SRLProveedor desde 29 nov de 2005 | RD$1,778,378 | 21 ene de 2020 | Adjudicado |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Resolucion_RIC_200_2020 PDF 607Kb PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por Productive Business Solutions Dominicana, S. A. S (PBS), contra la Respuesta al Recurso Impugnación emitida por el Ministerio de Agricultura, de fecha 18 de febrero del 2020, contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, llevado a cabo para la “Adquisición de…
Empresas: Productive Business Solutions Dominicana, SAS (presentó la acción)Compu-Office, S.R.L.Distosa, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por Productive Business Solutions Dominicana, S. A. S (PBS), contra la Respuesta al Recurso Impugnación emitida por el Ministerio de Agricultura, de fecha 18 de febrero del 2020, contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, llevado a cabo para la “Adquisición de equipos informáticos para ser utilizados en las Direcciones Regionales Agropecuarias: Este (Higüey), Suroeste (San Juan de la Maguana), Noroeste, (Valverde, Mao), Sur (Barahona), Norte (Santiago), Norcentral (La Vega) y Central (Bani) ”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley Núm. 340-06 y su modificación, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios y obras. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por Productive Business Solutions Dominicana, S. A. S (PBS), contra la Respuesta al Recurso Impugnación emitida por el Ministerio de Agricultura, de fecha 18 de febrero del 2020, contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, llevado a cabo para la “Adquisición de equipos informáticos para ser utilizados en las Direcciones Regionales Agropecuarias: Este (Higüey), Suroeste (San Juan de la Maguana), Noroeste, (Valverde, Mao), Sur (Barahona), Norte (Santiago), Norcentral (La Vega) y Central (Bani): RECHAZAR el pedimento de que sea comprobada que la oferta presentada por la recurrente es la más económica de los ítems 4 y 6, toda vez que el pliego de condiciones no estableció criterios claros ni objetivos que permitan determinar cuál era la mejor oferta, en adición para ello esto Órgano Rector debe realizar una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan el ámbito de su competencia, como se verifica de lo establecido en el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, criterio de descentralización operativa República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do siendo competencia exclusiva de la institución contratante, tal como fue descrito en los párrafos 76 y 77 de la presente resolución. TERCERO: Esta Dirección General procede a ANULAR el procedimiento de licitación pública nacional AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, que surtirá efectos para el ítem 6: “Impresoras tecnología láser” adjudicado a Distosa, S.R.L., por la omisión del pliego de condiciones de establecer criterios claros en la evaluación de las ofertas económicas, toda vez que el criterio actual es subjetivo para los evaluadores determinar el “mejor precio de la configuración”, impidiendo una evaluación objetiva de las ofertas, en violación al artículo 20 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y el artículo 3 numeral 4 sobre el principio de economía y flexibilidad, tal como se desarrolló en la presente resolución y de manera sintetizada en el párrafo 79, literales i, ii y iii. CUARTO: DECLARAR que en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, llevado a cabo para la “Adquisición de equipos informáticos para ser utilizados en las Direcciones Regionales Agropecuarias: Este (Higüey), Suroeste (San Juan de la Maguana), Noroeste, (Valverde, Mao), Sur (Barahona), Norte (Santiago), Norcentral (La Vega) y Central (Bani), se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 79, que además de conllevar la nulidad del pliego de condiciones y por consiguiente el procedimiento de contratación, también sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar a Agricultura los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. QUINTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Ministerio de Agricultura que ordene a la Gerencia de Compras Institucionales, a los posibles peritos, y al Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución, que participen en talleres de capacitación sobre el Sistema República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, en especial talleres sobre elaboración de pliegos de condiciones específicas, criterios de evaluación y adjudicación, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y su modificación, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras. Así como también que ordene su participación en talleres de la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución al Ministerio de Agricultura, y a las razones sociales Productive Business Solutions Dominicana, S. A. S (PBS), Compu-Office, S.R.L., y Distosa, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
| Compu-Office Dominicana, SRL | RD$219,759 | 10 ene de 2020 | Cancelado |