Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Se muestran los 200 más recientes.
Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Juan Manuel Muñoz Nuñez | Socio · Accionista · Gerente · Presidente · Tesorero · Firma autorizada · Representante legal | 99.7 %1,994 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 15 nov de 2021Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 63 |
| Carlos Jose Muñoz Núñez | Accionista · Comisario de cuentas | 2.5 %1 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 15 mar de 2000Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 59 |
| Carmen Milquella Muñoz Núñez | Accionista · Vicepresidente · Secretario | 2.5 %1 cuotas o acciones | Lista de socios · 15 mar de 2000Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 51 |
| Damaris Altagracia Muñoz Nuñez | Accionista · Miembro del consejo | 2.5 %1 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 15 mar de 2000Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 56 |
| Felix Humberto Tavares Martinez | Accionista | 2.5 % |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolucion_RIC_200_2020 PDF 607Kb PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por Productive Business Solutions Dominicana, S. A. S (PBS), contra la Respuesta al Recurso Impugnación emitida por el Ministerio de Agricultura, de fecha 18 de febrero del 2020, contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, llevado a cabo para la “Adquisición de…
Proceso: AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015 (ADQUISICION EQUIPOS INFORMATICOS)
Empresas: Productive Business Solutions Dominicana, SAS (presentó la acción)Compu-Office, S.R.L.Distosa, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por Productive Business Solutions Dominicana, S. A. S (PBS), contra la Respuesta al Recurso Impugnación emitida por el Ministerio de Agricultura, de fecha 18 de febrero del 2020, contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, llevado a cabo para la “Adquisición de equipos informáticos para ser utilizados en las Direcciones Regionales Agropecuarias: Este (Higüey), Suroeste (San Juan de la Maguana), Noroeste, (Valverde, Mao), Sur (Barahona), Norte (Santiago), Norcentral (La Vega) y Central (Bani) ”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley Núm. 340-06 y su modificación, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios y obras. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por Productive Business Solutions Dominicana, S. A. S (PBS), contra la Respuesta al Recurso Impugnación emitida por el Ministerio de Agricultura, de fecha 18 de febrero del 2020, contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, llevado a cabo para la “Adquisición de equipos informáticos para ser utilizados en las Direcciones Regionales Agropecuarias: Este (Higüey), Suroeste (San Juan de la Maguana), Noroeste, (Valverde, Mao), Sur (Barahona), Norte (Santiago), Norcentral (La Vega) y Central (Bani): RECHAZAR el pedimento de que sea comprobada que la oferta presentada por la recurrente es la más económica de los ítems 4 y 6, toda vez que el pliego de condiciones no estableció criterios claros ni objetivos que permitan determinar cuál era la mejor oferta, en adición para ello esto Órgano Rector debe realizar una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan el ámbito de su competencia, como se verifica de lo establecido en el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, criterio de descentralización operativa República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do siendo competencia exclusiva de la institución contratante, tal como fue descrito en los párrafos 76 y 77 de la presente resolución. TERCERO: Esta Dirección General procede a ANULAR el procedimiento de licitación pública nacional AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, que surtirá efectos para el ítem 6: “Impresoras tecnología láser” adjudicado a Distosa, S.R.L., por la omisión del pliego de condiciones de establecer criterios claros en la evaluación de las ofertas económicas, toda vez que el criterio actual es subjetivo para los evaluadores determinar el “mejor precio de la configuración”, impidiendo una evaluación objetiva de las ofertas, en violación al artículo 20 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y el artículo 3 numeral 4 sobre el principio de economía y flexibilidad, tal como se desarrolló en la presente resolución y de manera sintetizada en el párrafo 79, literales i, ii y iii. CUARTO: DECLARAR que en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AGRICULTURA-CCC-LPN-2019-0015, llevado a cabo para la “Adquisición de equipos informáticos para ser utilizados en las Direcciones Regionales Agropecuarias: Este (Higüey), Suroeste (San Juan de la Maguana), Noroeste, (Valverde, Mao), Sur (Barahona), Norte (Santiago), Norcentral (La Vega) y Central (Bani), se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 79, que además de conllevar la nulidad del pliego de condiciones y por consiguiente el procedimiento de contratación, también sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar a Agricultura los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. QUINTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Ministerio de Agricultura que ordene a la Gerencia de Compras Institucionales, a los posibles peritos, y al Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución, que participen en talleres de capacitación sobre el Sistema República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, en especial talleres sobre elaboración de pliegos de condiciones específicas, criterios de evaluación y adjudicación, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y su modificación, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras. Así como también que ordene su participación en talleres de la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución al Ministerio de Agricultura, y a las razones sociales Productive Business Solutions Dominicana, S. A. S (PBS), Compu-Office, S.R.L., y Distosa, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Motivo registrado: Por este medio informamos que la empresa Distosa, SRL, adjudicataria del proceso de compra menor CNE-DAF-CM-2025-0014, correspondiente al contrato para la prestación del servicio de alquiler de equipos de fotocopiado para la Comisión Nacional de Energía (CNE), ha incurrido en incumplimiento contractual. A pesar de haber sido formalmente adjudicada, la empresa no ha iniciado la entrega ni la instalación de los equipos comprometidos, dentro del plazo establecido en los términos de referencia y condiciones contractuales. Esta situación ha generado afectaciones en el desarrollo operativo de nuestras labores administrativas. Por lo tanto, solicitamos a la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) su intervención, conforme a lo establecido en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones y su Reglamento de Aplicación 416-23, a fin de que se tomen las medidas correspondientes ante este incumplimiento.
El estado actual es el que muestra el Registro de Proveedores (Activo). El fin de cada registro sale de la rehabilitación publicada por la DGCP o, si no la hay, del plazo que indica su motivo; sin ninguno de los dos no se afirma que siga vigente.
El régimen de prohibiciones es el del artículo 14 de la Ley 340-06 y, desde el 28/01/2026, los artículos 38 y 39 de la Ley 47-25.
Se muestran las 60 más recientes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| Lista de socios · 15 mar de 2000Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 52 |
| Jose Lisandro Rivas Hernandez | Accionista | 2.5 %1 cuotas o acciones | Lista de socios · 15 mar de 2000Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 51 |
| Winston Richard Ramirez Alfonseca | Accionista | 2.5 %1 cuotas o acciones | Lista de socios · 15 mar de 2000Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 52 |
| Mayerin Mercedes Muñoz Taveras | Socio | 0.1 %2 cuotas o acciones | Lista de socios · 13 nov de 2020Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 20 |
| Sleyda Maria Muñoz Taveras | Socio | 0.1 %2 cuotas o acciones | Lista de socios · 13 nov de 2020Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 20 |
| Tanairy del Pilar Muñoz Taveras | Socio | 0.1 %2 cuotas o acciones | Lista de socios · 13 nov de 2020Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 20 |
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
ACOGE, en cuanto a la forma el recurso jerárquico incoado por la razón social Toner Depot S.R.L., en fecha en fecha 28 de diciembre de 2015, en relación al procedimiento por Comparación de Precios Núm. Promipyme-CP-003-2015, llevado a cabo por el Consejo Nacional de Protección y Apoyo a las Micro y Medianas Empresas/Banca Solidaria, para el “alquiler de fotocopiadoras funcionales”, por haber sido interpuesto en el…
Procesos: CP-003-2015Promipyme-CP-003-2015
Empresas: Toner Depot International S.R.L. (presentó la acción)Toner Depot S.R.L. (presentó la acción)Corporación Copycorp RD, SADistosa, SRLToner Depot Multiservicios EORG, SRL
PRIMERO: ACOGE, en cuanto a la forma el recurso jerárquico incoado por la razón social Toner Depot S.R.L., en fecha en fecha 28 de diciembre de 2015, en relación al procedimiento por Comparación de Precios Núm. Promipyme-CP-003-2015, llevado a cabo por el Consejo Nacional de Protección y Apoyo a las Micro y Medianas Empresas/Banca Solidaria, para el “alquiler de fotocopiadoras funcionales”, por haber sido interpuesto en el plazo y con las formalidades de la Ley Núm. 340-06, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, modificada por la Ley Núm. 449-06 y su Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto Núm. 543-12. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo, las conclusiones vertidas en el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Toner Depot International, S.R.L, con relación al procedimiento por Comparación de Precios Núm. Promipyme-CP-003-2015, toda vez que, conforme fue indicado en considerando 147, no tiene efectos materiales la nulidad del procedimiento por Comparación de Precios Núm. Promipyme-CP-003-2015, llevado a cabo por el Consejo Nacional de Protección y Apoyo a las Micro y Medianas Empresas/Banca Solidaria, para el “alquiler de fotocopiadoras funcionales”. TERCERO: DECLARAR que en el procedimiento por Comparación de Precios Núm. Promipyme- CP-003-2015, llevado a cabo por el Consejo Nacional de Protección y Apoyo a las Micro y Medianas Empresas/Banca Solidaria, para el “alquiler de fotocopiadoras funcionales”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el Considerando 139 las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR al Consejo Nacional de Protección y Apoyo a las Micro y Medianas Empresas/Banca Solidaria, que ordene que a la Unidad de Compras y Contrataciones y al Comité de Compras y Contrataciones, su participación en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre elaboración de términos de referencias y criterios de evaluación y en talleres de la Ley Orgánica de Administración Pública Núm. 247-12 y la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución al Consejo Nacional de Protección y Apoyo a las Micro y Medianas Empresas/Banca Solidaria, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la razón social Corporación Copycorp RD, S.A., en calidad de adjudicataria. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la parte recurrente, razón social Toner Depot S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la razón social Distosa S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR, la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. DÉCIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.