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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Proveedor del Estado · RPE 9017

AP Constructora, SA

Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL

Ver su red de relaciones →
RD$62.5 millonesadjudicado · 2 contratos vigentes
13ofertas presentadas · ganó el 15 %
13 nov de 2008inscrita como proveedora
Contratos2InstitucionesSegún las actas5Resoluciones9Ofertas13Registro

Contratos (2)

ProcesoInstituciónMontoFechaEstado
SERVICIO DE CERRAMIENTO EN VENTANAS CON PLANCHAS DE ALTA DENSIDAD EPS PARA USO EN EL HOSPITAL ROBERT REID CABRALDespacho de la Primera Dama (Inactiva)RD$256,61915 ene de 2019Cerrado
Construcción de Verjas Perimetrales del Distrito Industrial Santo Domingo Oeste (DISDO)Ministerio de Obras Públicas y ComunicacionesRD$62.3 millones12 jun de 2018Activo

Instituciones que le han contratado

  1. Ministerio de Obras Públicas y ComunicacionesRD$62.3 millones · 1 contratos
  2. Despacho de la Primera Dama (Inactiva)RD$256,619 · 1 contratos

Según las actas de sus procesos (5)

Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.

  • “CONSTRUCCIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS A NIVEL NACIONAL” PROCESO DIRIGIDO A MIPYMESMinisterio de Deportes, Educación Física y Recreación · Mencionado · Recurso de Reconsideración.pdf (20 ago de 2026)
  • CONTRATACION DE MANTENIMIENTO EN PLANTELES ESCOLARES EN LA REGIÓN NORTE, DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A MIPYMES.Dirección Infraestructura Escolar · Habilitado · CODIGOS DE HABILITADOS SO-02 LOTES B.pdf (24 jun de 2026)
  • CONSTRUCCIÓN DE VERJA PERIMETRAL DE LA SUBESTACIÓN BONAO II 138/69 KVEmpresa de Transmisión Eléctrica Dominicana · Mencionado · PLIEGO DE CONDICIONES-0075.pdf (11 jun de 2026)
  • CONTRATACION DE MANTENIMIENTO EN PLANTELES ESCOLARES EN SANTO DOMINGO, SAN PEDRO DE MACORIS Y MONTE PLATA DIRIGIDO…Dirección Infraestructura Escolar · Habilitado · Listado de oferentes habilitados de la tómbola B ordenado por nombre.pdf (1 jun de 2026)
  • Construcción de registros para macromedidores, Santiago, Rep. Dom.Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago · Mencionado · Pliego de Condiciones CP-2026-0010. Enmendado.pdf (10 abr de 2026)

Resoluciones de la DGCP (9)

Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.

  • Resolución RIC-216-2020Recurso jerárquicoEsta empresa: presentó la acción

    Emitida el 19 nov de 2020 · Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

    Declara incumplimientosHace recomendacionesRechaza el reclamo

    Proceso: MOPC-CCC-CP-2018-0011 (Rehabilitación de Infraestructuras en las Provincias Puerto Plata, La…)

    Empresas: AP Constructora, SA (presentó la acción)Artiex, SRL (adjudicataria del proceso)

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico por silencio administrativo presentado por la razón social AP Constructora, S.A., contra el Acto Administrativo de Adjudicación Núm. 79/2018, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones del MOPC, en fecha 23 de julio de 2018, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. MOPC-CCC-CP-2018-0011, llevado a cabo por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, para la “Rehabilitación de Infraestructuras en las provincias Puerto Plata, La Vega, Santo Domingo y Distrito Nacional”, en lo concerniente al Lote 1 “Rehabilitación de la Catedral San Felipe de Apóstol, Puerto Plata”; por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: RECHAZAR las conclusiones incidentales presentadas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), en cuanto a que: i) se sobresea el conocimiento del presente recurso jerárquico, hasta tanto Pro-Competencia decida sobre una solicitud de investigación efectuada por la recurrente, toda vez que como fue explicado en los párrafos 35 al 39 de la presente Resolución, la recurrente no solicitó una investigación, sino una opinión no vinculante, además, dicha opinión en modo alguno supone una limitación para que esta Dirección General conozca y República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do decida sobre el recurso jerárquico del que ha sido apoderada; y ii) se declare mal perseguido el recurso jerárquico por silencio administrativo y se ordene su archivo definitivo, toda vez que, al este Órgano Rector determinar que la Resolución Núm. 016/2018 emitida por el Ministro del MOPC no constituye una respuesta válida a la luz de la normativa, el silencio administrativo en contra de la recurrente aún persiste, tal y como se indicó en los párrafos 40 y 43 de esta decisión. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo, el recurso jerárquico por silencio administrativo presentado por la razón social AP Constructora, S.A., toda vez que, a pesar de tener mérito los argumentos de la recurrente en cuanto a la falta de motivación del informe de evaluación de ofertas económicas y la aplicación de criterios no establecidos en el pliego de condiciones para la evaluación de las ofertas económicas, este Órgano Rector no puede: i) afirmar que la oferta de la recurrente era la más baja y la más conveniente, toda vez por la ausencia de parámetros objetivos y la amplia subjetividad e inexactitud en los métodos para la evaluación de las ofertas económicas, no procede ordenar que se reevalúen las ofertas, pues resultaría imposible poder determinar quién o quiénes serían los adjudicatarios de los lotes en cuestión, tal y como se indicó en el párrafo 71 de la presente decisión; ii) anular la adjudicación del Lote 1 en favor de la razón social Artiex, S.R.L., toda vez que, la adjudicación ya se encuentra completada, y por tanto los efectos de la eventual anulación serían de cumplimiento imposible y carecería de efectos jurídicos, tal y como se explicó en los párrafos 81 al 83 de la esta Resolución; y iii) declarar la adjudicación del Lote 1 en favor de la recurrente, toda vez que, esta Dirección General no tiene facultad legal para declarar adjudicatario a ningún oferente, ya que, para ello debería realizar una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan de los límites y las competencias que legalmente tiene establecidas, tal y como se indicó en los párrafos 75 y 76 de la presente decisión. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do CUARTO: DECLARAR que el Comité de Compras y Contrataciones del MOPC, en la Comparación de Precios Núm. MOPC-CCC-CP-2018-0011, incumplió las disposiciones referidas en el párrafo 76 de la presente Resolución, las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. QUINTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del MOPC, que ordene al Departamento de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y al Comité de Compras y Contrataciones, que participen en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, impartidos por esta Dirección General, en especial un taller sobre elaboración de pliegos de condiciones específicas, criterios de evaluación y adjudicación, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y su modificación, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. Así como también que ordene su participación en talleres sobre la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución al Comité de Compras y Contrataciones del MOPC, y a las razones sociales AP Constructora, S.A., y Artiex, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.

Ofertas presentadas (13)

  • CONSTRUCCIÓN DE VERJA PERIMETRAL DE LA SUBESTACIÓN BONAO II 138/69 KVEmpresa de Transmisión Eléctrica Dominicana · 26 jun de 2026 · RD$9.6 millones
  • EJECUCIÓN DE LA VERJA PERIMETRAL EN LA LOCALIDAD DE HAINA PARA LA CCRD PCB-4436Camara de Cuentas de la República · 29 may de 2026 · RD$4.9 millones
  • Construcción del Mercado de La Vega, Etapa II Provincia La VegaMinisterio de Obras Públicas y Comunicaciones · 5 dic de 2019 · sin monto publicado
  • CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO 2, EDIFICIO 3 Y MODULO A DEL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA DISCAPACIDAD (CAID), SANTO…Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones · 3 sept de 2019 · RD$109.3 millones
  • SERVICIO DE CERRAMIENTO EN VENTANAS CON PLANCHAS DE ALTA DENSIDAD EPS PARA USO EN EL HOSPITAL ROBERT REID CABRALDespacho de la Primera Dama (Inactiva) · 15 ene de 2019 · RD$256,619 · adjudicado
  • Rehabilitación urbana en San Juan de la Maguana, Residencial Vistas del Río (Fase II)”.Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones · 29 ago de 2018 · RD$120.5 millones
  • Rehabilitación de Infraestructuras en las Provincias Puerto Plata, La Vega, Santo Domingo y Distrito NacionalMinisterio de Obras Públicas y Comunicaciones · 25 jul de 2018 · RD$17.8 millones
  • Construcción de Verjas Perimetrales del Distrito Industrial Santo Domingo Oeste (DISDO)Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones · 12 jun de 2018 · RD$62.3 millones · adjudicado
  • REPARACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE DOS (02) NUEVOS NIVELES AL EDIFICIO QUE ALOJA AL INSTITUTO DOMINICANO DE CARDIOLOGÍA…Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones · 20 abr de 2018 · sin monto publicado
  • LA CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE (25) PROYECTOS DE OBRAS EN LAS PROVINCIAS DE BAHORUCO, BARAHONA…

Registro de proveedor

Estado en el Registro de Proveedores
Activo
Empresa creada
13 nov de 2008
Registro mercantil
Inscrita el 31 jul de 2027
Clasificación
Micro Empresa · MIPYME
Provee
Consultoria,Obras
Última actualización del registro
29 jun de 2026

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  • MarcasMarcas y nombres comerciales, y a nombre de quién están
  • Red de relacionesQuién está conectado con quién: socios, cargos y contratos

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

  • Resolución RIC-195-2020Medida cautelarEsta empresa: presentó la acción

    Emitida el 16 nov de 2020 · Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

    Rechaza el reclamoDeclara inadmisible

    Proceso: MOPC-CCC-CP-2018-0011 (Rehabilitación de Infraestructuras en las Provincias Puerto Plata, La…)

    Empresas: AP Constructora, SA (presentó la acción)Artiex, SRL

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    Sobre la solicitud de suspensión de la adjudicación: PRIMERO: DECLARAR inadmisible por falta de objeto la solicitud presentada por AP Constructora S.A., tendente suspender provisionalmente el Acta de adjudicación Núm. 79/2018 del procedimiento por Comparación de Precios Núm. MOPC-CCC-CP-2018-0011, para la “Rehabilitación de infraestructuras en las provincias Puerto Plata, La Vega, Santo Domingo y Distrito Nacional, toda vez que dicho acto surtió efectos antes de que se realizara la solicitud de medida cautelar. Sobre la solicitud de suspensión de la ejecución del contrato: SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por AP Constructora S.A., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo las conclusiones de solicitud de medida cautelar presentada por la razón social AP Constructora S.A., tendente a suspender la ejecución del contrato del Lote 1 del procedimiento por Comparación de Precios Núm. MOPC-CCC-CP-2018- 0011, llevado a cabo por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones para la “Rehabilitación de Infraestructuras de la provincia Puerto Plata, La Vega, Santo Domingo y Distrito Nacional”, toda vez que este Órgano Rector no ha podido constatar la existencia de los elementos requeridos para su adopción. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a la razón social AP Constructora S.A. y al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y a la razón social Artiex S.R.L en calidad de adjudicataria, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en los portales electrónicos administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.

  • Resolución RIC-183-2020Recurso jerárquicoEsta empresa: presentó la acción

    Emitida el 21 oct de 2020 · Fondo Patrimonial para las Empresas Reformadas

    Declara inadmisible

    Resolucion_RIC_183_2020 PDF 469Kb PRIMERO: ACOGER el medio de inadmisión por falta de objeto planteado por el FONPER, en contra del recurso jerárquico presentado en fecha 5 de marzo de 2018, en contra de la comunicación s/n, de fecha 23 de febrero 2018, emitida por el presidente “en funciones” Comité de Compras y Contrataciones del Fondo Patrimonial de la Empresas Reformadas en el marco de la Comparación de Precios…

    Proceso: FONPER-CP-01-2018

    Empresa: AP Constructora, SA (presentó la acción)

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER el medio de inadmisión por falta de objeto planteado por el FONPER, en contra del recurso jerárquico presentado en fecha 5 de marzo de 2018, en contra de la comunicación s/n, de fecha 23 de febrero 2018, emitida por el presidente “en funciones” Comité de Compras y Contrataciones del Fondo Patrimonial de la Empresas Reformadas en el marco de la Comparación de Precios Núm. FONPER-CP-01-2018, para la “Construcción del centro de salud Mamá Chen, sector La Gallera, Gurabo Abajo, Provincia Santiago de los Caballeros”, porque de sus escritos no fue posible determinar la acción pretendida, como se indicó en el párrafo 31 de esta resolución. SEGUNDO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: i) la razón social AP Constructora, S.A., parte recurrente, ii) al Fondo Patrimonial de la Empresas Reformadas (FONPER); y iii) al arquitecto Luís Salvador Gómez Ricardo, en su calidad de adjudicatario. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEPTIMO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por éste Órgano Rector en www.dgcp.gob.do. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do

  • Resolución RIC-23-2019Recurso jerárquicoEsta empresa: presentó la acción

    Emitida el 21 may de 2019 · Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

    Declara incumplimientosDa la razón al reclamanteHace recomendacionesRechaza el reclamo

    Resolución Ref. RIC-23-2019, la cual establece: En cuanto a la forma, se acoge el recurso jerárquico interpuesto por el Constructora Desmán, S.A. En cuanto al fondo, se acogen las conclusiones relativas a que el MOPC: i) rehusó entregarle el informe de evaluación técnica vulnerando su derecho de acceso a la información del expediente y; ii) incurrió en falta de motivación de la Resolución No. 1/2017 mediante la que…

    Proceso: MOPC-CCC-LPN-006-2016

    Empresas: AP Constructora, SA (presentó la acción)Constructora Desman, SRL (presentó la acción)Edinsa S.R.L.

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social AP Constructora S.A., contra la Resolución No. 1/2017 de fecha 14 de febrero de 2017, emitida por el Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, en respuesta al recurso de impugnación contra el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MOPC-CCC-LPN-006-2016 llevado a cabo por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) para la "construcción del edificio de aulas número 2, que consta de los bloques 2,3 y 4 de la universidad de la Policía Nacional", por haber sido interpuesto de conformidad con las formalidades y plazos establecidos en el artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social AP Constructora S.A.: 1) Por una parte ACOGER las conclusiones relativas a que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC): a) rehusó entregar a AP Constructora el informe de evaluación técnica vulnerando su derecho de acceso a la información del expediente de contratación pública, y b) incurrió en falta de motivación de la Resolución No. 1/2017 mediante la que el MOPC dio respuesta a su recurso de impugnación. 2) Por otra parte RECHAZAR las conclusiones relativas a: a) reevaluar y adjudicar el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MOPC-CCC-LPN-006-2016, por los motivos señalados en los considerandos 172 al 179 de la presente resolución y b) anular el acta de Adjudicación No. ADJ 22/2016 pues no tendría efectos, tal como se ha motivado en los considerandos 200 al 203 de la presente resolución. TERCERO: DECLARAR que en el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MOPC- CCC-LPN-006-2016, llevado a cabo por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) para la "construcción del edificio de aulas número 2, que consta de los bloques 2,3 y 4 de la Universidad de la Policía Nacional", se constataron las irregularidades descritas en la presente resolución y sintetizadas en el considerando 189. CUARTO: RECOMENDAR al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) que, conforme al debido proceso, investigue a los funcionarios responsables de no cumplir con la normativa y en consecuencia, aplicar, según corresponda, las disposiciones legales contenidas artículos y además con las sanciones contenidas en el párrafo I del artículo 65: “1) Amonestación escrita; 2) Suspensión sin goce de salario hasta por 6 meses; 3) Despido sin responsabilidad patronal; 4) Sometimiento a la justicia”, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal, y la Resolución No. 6/2009 emitida por esta Dirección General de Contrataciones Públicas. QUINTO: RECOMENDAR al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), que ordene al Comité de Compras y Contrataciones, a la unidad de compras y a los peritos de dicha institución participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley No. 340-06 y su modificación; así como también les ordene participar en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), las razones sociales AP Constructora S.A. y Edinsa S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.

  • Resolución RIC-3-2019Medida cautelarEsta empresa: presentó la acción

    Publicada el 1 mar de 2019 · Fondo Patrimonial para las Empresas Reformadas

    Declara inadmisible

    Este Órgano Rector procede a declarar la inadmisibilidad por falta de objeto de la solicitud de medida cautelar tendente a suspender la adjudicación del procedimiento de Comparación de Precios No. FONPER-CP-01-2018, para la “Construcción del Centro de Salud Chen, Sector La Gallera, Gurabo Abajo, Provincia Santiago de los Caballeros”, toda vez que se ha verificado que la comparación de precios surtió sus efectos…

    Proceso: FONPER-CP-01-2018

    Empresa: AP Constructora, SA (presentó la acción)

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: DECLARAR inadmisible por falta de objeto la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social AP Constructora, S.A., tendente a suspender los efectos del procedimiento por Comparación de Precios No. FONPER-CP-01-2018, para la “Construcción del Centro de Salud Chen, Sector La Gallera, Gurabo Abajo, Provincia Santiago de los Caballeros”, toda vez que se ha verificado que la comparación de precios surtió sus efectos incluso antes de que se solicitara la presente medida cautelar. SEGUNDO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, al Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), a la razón social AP Constructora, S.R.L y al Arq. Luis Gómez Ricardo, para su conocimiento y fines de lugar. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.

  • Resolución núm. 65-2017Medida cautelarEsta empresa: presentó la acción

    Emitida el 29 dic de 2017 · Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

    Rechaza el reclamo

    Res. No. 65/2017, la cual: RECHAZA en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social AP Constructora, S.A., tendente a suspender el acta de adjudicación del Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MOPC-CCC-LPN-006-2016, toda vez que este Órgano Rector para verificar si hay apariencia de buen derecho requiere realizar un examen de fondo del recurso que no puede realizarse…

    Proceso: MOPC-CCC-LPN-006-2016

    Empresas: AP Constructora, SA (presentó la acción)EDINSA, S.R.L.

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social AP Constructora, S.A., por haber sido realizadas de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social AP Constructora, S.A., tendente a suspender el acta de adjudicación del Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MOPC-CCC-LPN-006-2016, toda vez que este Órgano Rector para verificar si hay apariencia de buen derecho requiere realizar un examen de fondo del recurso que no puede realizarse preliminarmente, además no ha sido probado el peligro inminente de esperar la decisión de fondo y tampoco el daño que ocasionaría al interés general el no suspenderse el procedimiento o que éste se garantizaría efectivamente solo si se suspendiese. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las razones socialea_ EDINSA, S.R.L., y AP Constructora, S.A., para su conocimiento y fines de lugar. T C1•) c'iiii.mcloNts POIUIIU __,__, ...... __... ll www.compnudominicana.gob.do I www.dgq,.gob.do SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.

  • Resolución núm. 50-2016Recurso jerárquicoEsta empresa: mencionada

    Emitida el 18 jul de 2016

    AnulaOrdena reevaluar

    Resolución No. 50-2016 que ANULA la adjudicación de los Lotes I, II, III y IV por haber sido adjudicados aplicando criterios diferentes a los establecidos en el pliego de condiciones lo que es contrario al párrafo III del artículo 8 de la Ley No. 340-06 y su modificación, y los artículos 88 y 98 del Reglamento de Aplicación No. 543-12 y en consecuencia ORDENAR que el IDSS a través de la AEISS a que RE-EVALÚE y…

    Empresas: AP Constructora, SAConsorcio Dailey-AtlánticoCONSORCIO PROCIConstructora Cuevas, S.R.L.Constructora Dailey, SRLConstructora Villa Mejía, SRLy 6 más

    Resolución original (PDF)

    Lo que decide sale del resumen de la DGCP: el documento no tiene texto legible.

  • Resolución núm. 32-2016Recurso jerárquicoEsta empresa: mencionada

    Emitida el 25 abr de 2016 · Fondo Patrimonial para las Empresas Reformadas

    Hace recomendacionesRechaza el reclamo

    Resolución No. 32-2016 que RECHAZA, los conclusiones presentados por la razón social González Calventi S.R.L, por haber comprobado este Órgano Rector que a pesar de que el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) fundamentó la anulación del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. FONPER-LPN-001-2014 en argumentos insuficientes, procede la anulación de la referida licitación conforme al…

    Procesos: FONPER-LPN-001-2014No-FONPER-LPN-01-2014

    Empresas: Constructora Gonzalez & Calventi, SRL (presentó la acción)Amarante Camilo y Asoc. S.R.L.AP Constructora, SAConstructora Vélez Sánchez S.R.L.Ingenieros y Constructores Modernos CxAItrans, SRLy 5 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Constructora González Calventi S.R.L., a través de su abogado constituido Licenciado Luis Soto, contra la Resolución No. 11-2015 emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) de fecha once (11) de junio de dos mil quince (2015) en respuesta a su impugnación, en relación al acta 11-2015 que declaró la anulación del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. FONPER-LPN-001-2014, llevado a cabo por dicha entidad, para la "construcción del Centro Cultural Contemporáneo en la zona sur de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros", por haber sido interpuesta de conformidad con las formalidades y plazo del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR, como al efecto RECHAZA, los conclusiones presentados por la razón social González Calventi S.R.L., por haber comprobado este Órgano Rector que a pesar de que el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) fundamentó la anulación del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. FONPER-LPN-001-2014 en argumentos insuficientes, procede la anulación de la referida licitación [firma] conforme al ordenamiento juridico vigente en materia de compras y contrataciones públicas, por inobservancia a las siguientes disposiciones contenidas en: a. De la Ley No. 340-06 sobre compras, contrataciones y su modificación y Reglamento No.543-12: i. Artículo 3 numerales 3 y 4 "Principio de transparencia y publicidad", y "Principio de economía y flexibilidad" y Artículo 20, de la Ley 340-06 y su modificación, al omitir en el pliego de condiciones los elementos a ponderar para la evaluación de las ofertas. b. Del Manual de Procedimiento y del Pliego: ii. El numeral 6.05 del Manual de Procedimiento de la Licitación Pública y 3.8, del Pliego de Condiciones Específicas, al abrir las ofertas económicas sin existir una habilitación de los oferentes basada en criterios de evaluación establecidos en el pliego. TERCERO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA, al Presidente del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) que ordene a la Unidad de Compras y Contrataciones y el Comité de Compras y Contrataciones de dicha entidad a participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre los pliegos de condiciones específicas y criterios de evaluación; así como también ordene participar en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la razón social González Calventi S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a las razones sociales Pimentel Piña y Asociados S.A, Oica S.R.L, AP Constructora, S.A, PeyPac, S.R.L, Víctor Fondeur y Asoc. S.R.L, Ingenieros y Constructores Modernos CxA, Multicon Construcciones General S.R.L, Constructora Vélez Sánchez S.R.L., Sarah Rodríguez Mateo, Amarante Camilo y Asoc. S.R.L., Itrans S.R.L., Pedro Gilberto Tavares y Carlos Pimentel, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar.

  • Resolución núm. 100-2015Medida cautelarEsta empresa: mencionada

    Emitida el 30 nov de 2015 · Administradora de Estancias Infantiles Salud Segura (Inactiva)

    SuspendeDa la razón al reclamante

    Resolución No. 100/2015 que ACOGE las solicitudes de medida cautelar presentadas por: 1) Constructora Villa Mejía, S.R.L.; 2) LUPISA, S.R.L.; 3) AP Constructora, S.A.; 4) Constructora Cuevas, S.R.L.; 5) Madison Construcciones, S.R.L.; 6) Consorcio Dailey-Atlántico y; 7) Consorcio Proci, y en consecuencia SUSPENDER como al efecto SUSPENDE el Procedimiento de Licitación Pública Restringida No. IDSS/AEISS-LR-2015-001…

    Procesos: AEISS-LR-2015-001IDSS/AEISS-LR-2015-001

    Empresas: AP Constructora, SACONSORCIO DAILEYConsorcio Dailey-Atlántico y; 7) Consorcio ProciCONSORCIO PROCIConstructora Camacho Morel, SRLConstructora Cuevas (CONSTRUCSA), SRLy 13 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER como al efecto ACOGE las solicitudes de medida cautelar presentadas por: 1) Constructora Villa Mejía, S.R.L.; 2) LUPISA, S.R.L.; 3) AP Constructora, S.A.; 4) Constructora Cuevas, S.R.L.; 5) Madison Construcciones, S.R.L.; 6) Consorcio Dailey-Atlántico y; 7) Consorcio Proci, y en consecuencia SUSPENDER como al efecto SUSPENDE el Procedimiento de Licitación Pública Restringida No. IDSS/ AEISS-LR-2015-001 llevado a cabo por el Instituto Dominicano de Seguros Sociales para la "constntcción de cinco (05) prestadoras de servicios de estancias infantiles y tres (03) m11plinciones/re111odelaciones de i1mmebles n nivel 11acio11al www.compnudomlnlcana.gob.do I www.dgq,.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS para la segunda etapa del proyecto de ampliación de coberhtm (Proyecto XII)", y en ese mismo sentido la firma o ejecución de cualquier contrato o actuación vinculado a dicho procedimiento de selección, hasta que este Órgano Rector dé respuesta mediante resolución motivada a los referidos recursos jerárquicos. SEGUNDO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución al Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), para su conocimiento y fines de lugar. TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a: 1) Constructora Villa Mejía, S.R.L.; 2) LUPISA, S.R.L.; 3) AP Constructora, S.A.; 4) Constructora Cuevas, S.R.L.; 5) Madison Construcciones, S.R.L.; 6) Consorcio Dailey-Atlántico; 7) Consorcio Proci; 8) Ingeniero Franklin García Franco; 9) Planificaciones y Proyectos, S.R.L.; 10) PT Construcciones Civiles, S.R.L.; 11) Vergez & Asociados, S.R.L.; 12) Ingeniería y Equipos González, S.R.L.; 13) Constructora Camacho Morel, S.R.L., y; 14) INJIVI Ingenieros Contratistas, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: Ordenar como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: Ordenar como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.

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    Instituto para el desarrollo del Suroeste · — · RD$25 millones
  • Construcción de registros para macromedidores, Santiago, Rep. Dom.Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago · — · RD$7.2 millones
  • CONSTRUCCIÓN Y REMOZAMIENTO DE BULEVARES, PARQUES, ACERAS Y CONTENESAyuntamiento del Distrito Nacional (ADN) · — · sin monto publicado
  • Servicios de Remozamiento de las Distintas Localidades de EDEESTEEmpresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. · — · RD$8.4 millones