Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Euclides Reyes | Socio | Lista de sociosDocumento en camaradecuentas.gob.do, pág. 6 | |
| Francisco Gomzalez | Socio | Lista de sociosDocumento en camaradecuentas.gob.do, pág. 6 | |
| María Yoselyn de los Santos | Socio | Lista de sociosDocumento en camaradecuentas.gob.do, pág. 6 | |
| Mario Torres Abad | Representante legal | Documento societarioDocumento en data.bvrd.com.do, pág. 2 |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
En cuanto al fondo, RECHAZAR el recurso jerárquico presentado por la razón social Sitcorp, S.R.L., en contra del Acto Administrativo Núm. 092-2018, por los motivos expuestos en esta Resolución, contenidos en los puntos D.2.1 al D.2.4., pues aunque se determinó que la institución la institución contratante no notificó el acto de descalificación de la oferta técnica de la recurrente, en este caso se determinó que no…
Proceso: PAFI-CCC-LPN-2018-0003 (ADQUISICION DE APLICACIÓN TECNOLOGICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA…)
Empresas: Sitcorp, SRL (presentó la acción)KPMG Dominicana, S.ALogicone, SRL
PRIMERO: ACOGER la solicitud de exclusión del presente recurso jerárquico, realizada la razón social KPMG Dominicana, S.A., por verificarse que no posee interés en el procedimiento por Licitación Pública Nacional PAFI-CCC-LPN-2018-0003, al haber renunciado a la adjudicación del Lote 2 efectuada por el Ministerio de Hacienda mediante la Resolución Núm. 082-2018, de fecha 12 de octubre de 2018, lo que significa que ya no es titular de un derecho subjetivo, y, por tanto, no requiere tutela en sede administrativa, y en vía de consecuencia, la decisión relativa a este recurso jerárquico no es oponible a KPMG Dominicana, S.A. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Sitcorp, S.R.L., contra el Acto Administrativo Núm. 092-2018, notificado en fecha 22 de noviembre de 2018, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones Ministerio de Hacienda, en respuesta al recurso de impugnación de esa empresa, en relación a la descalificación de la Licitación Pública Nacional No PAFI-CCC-LPN-2018-0003, llevado a cabo para la “adquisición de aplicación tecnológica para el fortalecimiento de la administración y Control de los bienes de uso, bienes de consumo, cuentas por pagar y cuentas por cobrar de las instituciones del Estado dominicano como parte del Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado (SIAFE) y consultoría de servicios profesionales”, por ajustarse a las formalidades que rige el ordenamiento jurídico. TERCERO: En cuanto al fondo, RECHAZAR el recurso jerárquico presentado por la razón social Sitcorp, S.R.L., en contra del Acto Administrativo Núm. 092-2018, por los motivos expuestos en esta Resolución, contenidos en los puntos D.2.1 al D.2.4., pues aunque se determinó que la institución contratante, en atención a los alegatos de la recurrente, incurrió en la inobservancia de no notificarle el acto de descalificación de la oferta técnica de la recurrente, tal cual se ha examinado en el punto D.2.1 de esta Resolución, no produjo un estado de indefensión, al haber impugnado la recurrente el acto administrativo de adjudicación, lo que significa que ejerció su derecho a presentar reclamos ante la Administración Pública; y en cuanto a si procedía o no que el Ministerio de Hacienda solicitara a la recurrente subsanación o aclaración de su oferta técnica, específicamente en lo concerniente a la columna “Referencia documental en propuesta técnica del oferente” descrita en el punto 10) del numeral 3.4.4.1 del pliego de condiciones, del análisis reflexivo realizado por este Órgano Rector, se determinó que lo razonable era requerir la aclaración del contenido de la referida columna, sin embargo, al no producirse tal requerimiento y ser devuelta la oferta económica de la recurrente, se verifica una imposibilidad material de retrotraer las actuaciones administrativas realizadas por el Ministerio de Hacienda para llevarlas al momento de la evaluación de ofertas técnicas. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, al Ministerio de Hacienda y las razones sociales Sitcorp, S.R.L., Logicone, S.R.L., KPMG Dominicana, S. A. y PriceWaterHouseCoopers Interamerica, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
Este Órgano Rector procede a acoger en cuanto a la forma, por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa, y al no comprobarse la existencia de los elementos imprescindibles a estos fines, rechaza en cuanto al fondo la solicitud de Medida Cautelar.
Proceso: PAFI-CCC-LPN-2018-0003 (ADQUISICION DE APLICACIÓN TECNOLOGICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA…)
Empresas: Sitcorp, SRL (presentó la acción)KPMG Dominicana, S.ALogicone, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social SITCORP, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social SITCORP, S.R.L., tendente a suspender los efectos del acta de adjudicación del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. PAFI-CCC-LPN-2018-0003 para la “adquisición de aplicación tecnológica para el fortalecimiento de la administración y control de los bienes de uso, bienes de consumo, cunetas por pagar y cuentas por cobrar de las instituciones del Estado Dominicano como parte del Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado (SIAFE) y consultoría de servicios profesionales”, toda vez que solo se verificó la existencia de la apariencia de buen derecho “funnus boni iuris” en lo relativo a la falta de notificación de su acto de descalificación, y no así, en cuanto a si el error de su oferta era subsanable o no, ya que, para que este Órgano Rector verifique dicho aspecto, requiere realizar un examen de fondo, que no puede llevarse a cabo de manera preliminar; además, no ha sido probado el peligro en la demora “periculum in mora”, ni el daño que ocasionaría al interés general el no suspender el procedimiento o que solo se garantizaría si se suspendieran sus efectos. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Medida TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, al Ministerio de Hacienda y a las razones sociales SITCORP, S.R.L., KPMG Dominicana, S.A. y LOGICONE, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.
Resolución No. 75-2016 que PRIMERO: ACOGER el desistimiento del recurso jerárquico presentado por el Consorcio Laugama Consulting-Serviguide, compuesto por las razones sociales Laugama Consulting, S.R.L. y Serviguide, S.L., contra el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. DGAP-LPN-02-2016, llevada a cabo por la Dirección General de Aduanas (DGA) para la “Contratación de servicios de consultoría para el…
Proceso: DGAP-LPN-02-2016
Empresas: Consorcio Laugama Consulting-Serviguide (presentó la acción)Consorcio Laugama-ServiguideDesarrollo de Estrategias Administrativas, SRLGrupo MQ & Eduardo, SRLKPMG Dominicana, S.ALaugama Consulting, SRLy 2 más
PRIMERO: ACOGER el desistimiento del recurso jerárquico presentado por el Consorcio Laugama Consulting-Serviguide, compuesto por las razones sociales Laugama Consulting, S.R.L. y Serviguide, S.L., contra el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. DGAP-LPN-02-2016, llevada a cabo por la Dirección General de Aduanas (DGA) para la "Contratación de servicios de consultoría para el diseño e implementación de un Sistema de Calidad basado en la Norma ISO 9007:2015, en el Laboratorio de la DGA", y ORDENAR el archivo definitivo del expediente administrativo iniciado a tales fines. SEGUNDO: ORDENAR, la remisión formal de la presente resolución al Consorcio Laugama Consulting-Serviguide, para su conocimiento y fines de lugar. [firma] TERCERO: ORDENAR, la remisión formal de la presente resolución a la Dirección General de Aduanas (DGA), para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR, la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR, la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR, la remisión formal de la presente resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental.