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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Proveedor del Estado · RPE 22314

Cruz Camilo, SRL

Persona Jurídica · Sociedades Comerciales

Ver su red de relaciones →
RD$385,960adjudicado · 1 contratos vigentes
1señales
7ofertas presentadas · ganó el 14 %
26 nov de 2012inscrita como proveedora
Señales1Contratos1InstitucionesResoluciones2Ofertas7Registro

Señales

ContextoRazón social en sociedades de FloridaEn verificación

Cruz Camilo, SRL

Razón social igual a una sociedad registrada en Florida

Detectada el 29 sept 2026 · hace 16 díasRD$385,960

Contratos (1)

ProcesoInstituciónMontoFechaEstado
SERVICIOS DE PINTURA EXTERIOR Y PULIDO DE PISO EDIFICIO AILA CARGADirección General de Aduanas y PuertosRD$385,9605 dic de 2017Modificado

Instituciones que le han contratado

  1. Dirección General de Aduanas y PuertosRD$385,960 · 1 contratos

Resoluciones de la DGCP (2)

Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.

  • Resolución RIC-42-2020Recurso jerárquicoEsta empresa: mencionada

    Emitida el 23 jun de 2020

    Declara incumplimientosHace recomendacionesRechaza el reclamo

    RECHAZAR en cuanto al fondo, las conclusiones vertidas en el recurso jerárquico presentado por el Consorcio MAC, contra la Resolución Núm. 26-2018 de fecha 10 de octubre de 2018, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. OISOE-LPN-001-2018, tendentes a anular la adjudicación del Lote A y…

    Proceso: OISOE-LPN-001-2018

    Empresas: Consorcio MAC (presentó la acción)Armadura Sofía, SRLCocivilca, SRLConsorcio 2TRKConsorcio B&M Ingenieros Arquitectos - Chahin & DuvalConsorcio Marvar Promedca Yaryura Saledy 9 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER la solicitud de exclusión planteada por el Consorcio B&M Ingenieros Arquitectos-Chahin & Duval, la cual se hace extensiva a los demás adjudicatarios de la Licitación Pública Nacional Núm. OISOE-LPN-001-2018, con excepción del adjudicatario del lote impugnado - Consorcio 2TRK, adjudicatario del Lote A -, a saber: i) IQTEK Solutions, S.R.L., ii) Ing. Julio Hiraldo & Asociados, S.R.L. y; iii) Armadura Sofía, S.R.L.; sin necesidad de hacerlo constar en el dispositivo de este acto. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por el Consorcio MAC, contra la Resolución Núm. 26-2018 de fecha 10 de octubre de 2018, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. OISOE-LPN-001-2018, llevada a cabo por dicha institución, para la ‘‘Construcción Hospital Regional San Vicente de Paul, San Francisco de Macorís, Prov. Duarte”, por haber sido incoado con las formalidades y en el plazo dispuesto en el artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo, las conclusiones vertidas en el recurso jerárquico presentado por el Consorcio MAC, contra la Resolución Núm. 26-2018 de fecha 10 de octubre de 2018, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do OISOE-LPN-001-2018, tendentes a anular la adjudicación del Lote A y ordenar la re-evaluación, por los motivos señalados en los párrafo 108-109 de esta resolución, en atención a la imposibilidad material de la anulabilidad, por el tiempo transcurrido y el objeto de contratación. CUARTO: DECLARAR con relación al Lote A, que en la Licitación Pública Nacional Núm. OISOE-LPN-001-2018, llevada a cabo por dicha institución, para la ‘‘Construcción Hospital Regional San Vicente de Paul, San Francisco de Macorís, Prov. Duarte”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 105. QUINTO: RECOMENDAR al Director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones, que participen en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), impartidos por esta Dirección General, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones; así como también ordene que participen en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública Núm. 247-12 y la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: RECOMENDAR a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, investigue a los funcionarios - que hayan participado y permanezca en la actual gestión - responsables de no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65: “1) Amonestación escrita; 2) Suspensión sin goce de salario hasta por 6 meses; 3) Despido sin responsabilidad patronal; 4) Sometimiento a la justicia”. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a: i) el Consorcio MAC; ii) la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE); iii) el Consorcio T2RK; iv) el Consorcio Marvar Promedca Yaryura Saled; v) la razón social Armadura Sofía, S.R.L.; vi) la razón social Ing. Julio Hiraldo & Asociados, S.R.L.; vii) la razón social IQTEK Solutions, S.R.L. y; viii) el Consorcio B&M Ingenieros Arquitectos – Chahin Duval, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR la remisión formal a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.

Ofertas presentadas (7)

  • Remodelación en cristal templado de las oficinas de comunicaciones, publicaciones y signos distintivos de la ONAPI…Oficina Nacional de la Propiedad Industrial · 24 abr de 2018 · RD$1.6 millones
  • SERVICIOS DE PINTURA EXTERIOR Y PULIDO DE PISO EDIFICIO AILA CARGADirección General de Aduanas y Puertos · 5 dic de 2017 · RD$271,712 · adjudicado
  • Primera Etapa de la Rehabilitación del Complejo Deportivo de San José de MendozaMinisterio de Deportes, Educación Física y Recreación · 17 oct de 2017 · RD$8.7 millones
  • REPARACION Y MANT. DE 39.70 KMS Y 15.50 KMS DE CAMINOS INTERPARCELARIOMinisterio de Agricultura · 11 oct de 2017 · RD$10.4 millones
  • Servicios Re adecuaciones, Re ubicaciones, Acondicionamientos e Instalaciones de Oficinas en esta DGADirección General de Aduanas y Puertos · 3 oct de 2017 · RD$1.6 millones
  • REPARACION Y MANTENIMIENTO DE 30 KMS DE CAMINOS INTERPARCELARIOS COMUNIDAD HARAS NACIONALES, LA VICTORIAMinisterio de Agricultura · 3 ago de 2017 · RD$40.2 millones
  • Remocion e instalacion 370.52mts 2 de lona asfalticaSuperintendencia de Valores · 10 jul de 2017 · RD$157,042

Registro de proveedor

Estado en el Registro de Proveedores
Desactualizado
Empresa creada
17 mar de 1986
Registro mercantil
Inscrita el 17 dic de 2021
Clasificación
No clasificada
Provee
Obras
Última actualización del registro
24 feb de 2025

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  • MarcasMarcas y nombres comerciales, y a nombre de quién están
  • Red de relacionesQuién está conectado con quién: socios, cargos y contratos

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

  • Resolución RIC-36-2020Recurso jerárquicoEsta empresa: mencionada

    Emitida el 23 jun de 2020 · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

    Declara incumplimientosHace recomendacionesRechaza el reclamo

    RECHAZAR en cuanto fondo la medida cautelar, toda vez que este Órgano Rector para verificar si hay apariencia de buen derecho requiere realizar un examen de fondo del recurso que no puede realizarse preliminarmente, además no ha sido probado el peligro inminente de esperar la decisión de fondo y tampoco el daño que ocasionaría al interés general el no suspenderse la adjudicación de los referidos lotes. RECHAZAR en…

    Procesos: INAIPI-CCC-CP-25-2017INAIPI-CC-CP-25-2017

    Empresas: Madison Construcciones, SRL (presentó la acción)Constructora Cuevas (CONSTRUCSA), SRLCruz Camilo, SRLIngemax, SRL

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico y solicitud de medida cautelar presentado por la razón social Madison Construcciones, S.R.L., contra la comunicación s/n del 18 de octubre de 2017, emitida por el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI), que da respuesta a su inconformidad con la evaluación realizada por el perito actuante en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. INAIPI-CCC-CP-25-2017, para la “Contratación de obras de remozamiento de los Centros de Atención Integral a la Primera Infancia (CAIPI) y Centros de Atención a la Infancia y la Familia (CAFI) a nivel nacional del Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI)”; por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios y obras. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo, la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Madison Construcciones, S.R.L., tendente a suspender la adjudicación de los Lotes I y IV del procedimiento por Comparación de Precios Núm. INAIPI-CC-CP-25-2017, para la “Contratación de obras de remozamiento de los Centros de Atención Integral a la Primera Infancia (CAIPI) y los Centros de Atención a la Infancia y la Familia (CAFI)”, toda vez que este Órgano Rector para verificar si hay apariencia de buen derecho requiere realizar un examen de fondo del recurso que no puede realizarse preliminarmente, además no ha sido probado el peligro inminente de esperar la decisión de fondo y tampoco el daño que ocasionaría al interés general el no suspenderse la adjudicación de los referidos lotes. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo, el recurso jerárquico interpuesto por Madison Construcciones, S.R.L., en lo relativo a: i) revocar la adjudicación de los lotes I y IV, y re- adjudicarlos favor de la recurrente, tal y como fue referido en el párrafo 108 de la presente resolución; y ii) revisar de oficio la adjudicación de los lotes II y III, tal y como fue referido en el párrafo 109 de la presente resolución; toda vez que, si bien es cierto que este Órgano Rector tiene la potestad de verificar la legitimidad de la etapa de adjudicación de los procedimientos de selección y, si corresponde, revocarla, no menos cierto es que contrario a lo solicitado por la recurrente, no le corresponde realizar la subsecuente adjudicación de los lotes impugnados, de acuerdo al criterio de descentralización de la gestión operativa, establecido en el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. Asimismo, en atención a que se han constatado graves irregularidades en el procedimiento por comparación de precios de que se trata, lo que impide hacer una evaluación objetiva, razonable y pertinente. CUARTO: DECLARAR que el Comité de Compras y Contrataciones del INAIPI, en la Comparación de Precios Núm. INAIPI-CCC-CP-25-2017, no cumplió con el debido proceso administrativo toda vez que inobservó las disposiciones referidas en el párrafo 110 de la presente Resolución. QUINTO: RECOMENDAR a la Directora de INAIPI que ordene al Departamento de Compras y Contrataciones, al Comité de Compras y Contrataciones, a los peritos y a la Comisión Técnica del INAIPI que participen en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, impartidos por esta Dirección General, en especial, un taller sobre elaboración de pliego de condiciones, especificaciones técnicas y criterios de evaluación, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector, de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras; así como también ordene capacitar sobre la Ley Orgánica de Administración Pública Núm. 247-12 y la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución al Comité de Compras y Contrataciones del INAIPI, y a las sociedades comerciales Madison Construcciones, S.R.L., Constructora Cuevas, S. R. L., INGEMAX, S. R. L., y Cruz Camilo, S. R. L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.comprasdominicana.gob.do y www.dgcp.gob.do.

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