Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Adquisición de Dispositivos Tecnológicos para la Ejecución del ¨Plan Nacional Educación para Todos Preservando la Salud¨ | Ministerio de Educación | RD$464.6 millones | 12 ene de 2021 | Cerrado |
| Adquisición de Dispositivos Tecnológicos para la Ejecución del ¨Plan Nacional Educación para Todos Preservando la Salud¨ | Ministerio de Educación | RD$464.6 millones | 11 ene de 2021 | Cancelado |
| Aquisición de Licencias para el Sistema de Gestión Documental. | Ministerio de Educación | RD$14.8 millones | 21 may de 2018 | Modificado |
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza la solicitud de medida cautelar, ya que no se demostraron todos los elementos necesarios
Proceso: MINERD-MAE-PEUR-2020-0002 (Adquisición de Dispositivos Tecnológicos para la Ejecución del ¨Plan…)
Empresas: EPG COMPUTADORAS S. A. (presentó la acción)Alumhouse Import, SRLAmericapital, SRLAmorel Conexiones, SRLAndrés Dauhajere, S.A.Bluebox Solutions, SRLy 44 más
PRIMERO: AGOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social EPG Computadoras, S.A., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social EPG Computadoras, S.A., tendente a suspender el Procedimiento de Excepción por Urgencia Núm. MINERD-MAE-PEUR-2020-0002, llevado a cabo por el Ministerio de Educación, para la “Adquisición de dispositivos tecnológicos para la ejecución del plan nacional educación”, hasta tanto se conozca su recurso jerárquico, ya que, no ha sido motivado ni probado el peligro inminente de esperar la decisión de fondo, así como tampoco se observa la :ffl: ¡jj~ GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas apariencia de buen derecho, y por último, el daño que ocasionaría al interés general el no suspenderse el procedimiento de referencia, o que se garantizaría en caso de si hacerlo. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la razón social EPG Computadoras, S.R.L., como parte recurrente y al Ministerio de Educación, como parte recurrida, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las razones sociales que resultaron adjudicatarias, a saber: 1) Casa Duarte, S.R.L; 2) Decorus, S.R.L.; 3) IP Expert IPX, S.R.L.; 4) Andrés Dauhajere, S.A.; 5) Americapital, S.R.L.; 6) Inversiones Iparra del Caribe, S.R.L.; 7) Inversiones Fagernex, S.R.L.; 8) Gadesco, S.R.L.; 9) Xcom Servicios Comunicacionales, S.R.L.; 10) Alumhouse Import, S.R.L.; 11) Dipuglia PC Outlet Store, S.R.L.; 12) Multiservicios Hermes, S.R.L.; 13) PG Comercial, S.R.L.; 14) Sinergit, S.A., 15) Omega Tech, S.A.; 16) Suplidores Industriales Mella, S.R.L.; 17) Gla, S.R.L.; 18) IQTEK Solutions, S.R.L.; 19) CECOMSA, S.R.L.; 20) Oficina Univesal, S.A.; 21) Primerce Investments, S.R.L.; 22) Inversiones Gretmon, S.R.L.; 23) F & G Office Solutions, S.R.L.; 24) Wisnet, S.R.L.; 25) Seguritronic, S.R.L.; 26) Libitum Group, S.R.L.; 27) Grupo Garajonay, S.R.L.; 28) Stem Universal Material, S.R.L.; 29) Infocaribe Net MR, S.R.L.; 30) Christos Investmentes, S.R.L.; 31) Cizzko Internacional, S.R.L.; 32) Security Development Corporation, SS., S.R.L.; 33) Solajico Comercial, S.R.L.; 34) Grupo Sanabia, S.R.L.; 35) Consultora Hanomas, S.R.L.; 36) Madison Import, S.R.L.; 37) Supligensa, S.R.L.; 38) Sitcorp, .S.R.L.; 39) RDM Servicios Múltiples, S.R.L.; 40) Compunet, S.R.L.; 41) Bluebox Solutions, S.R.L.; 42) Venturebucks Investments, S.R.L.; 43) Farmaequipos Lidamed, S.R.L.; 44) ON capital, S.R.L.; 45) Amorel Conexiones, S.R.L.; 46) Gemar, S.R.L.; 47) Suplidora Hawaii, S.R.L.; 48) Visiontech Dominicana, S.R.L.; 49) Universal de Computos, S.R.L.; 50) Distribuidora Hued, S.R.L., y; 51) Dexcorp, S.R.L. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas QUINTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas: en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Resolución RIC-34-2018, que establece: No proceden los alegatos planteados por la recurrente referentes a retrotraer la etapa de evaluación de las ofertas económicas, resultando ineficaz, irrazonable e incoherente para la DGCP determinar o afirmar si la oferta de la recurrente o de cualquiera de los oferentes era la mejor, ya que el procedimiento de contratación contiene violaciones graves a la Ley No. 340-06, su…
Proceso: ME-CCC-CP-03-2017-GD
Empresas: Novosit, SRL (presentó la acción)Cizzko Internacional, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Novosit, S.R.L., contra la Resolución No. 19-2017 que da respuesta al recurso de impugnación de la razón social Novosit, S.R.L. contra el Acta de Adjudicación No. 10-2017 del Comité de Compras y Contrataciones del MINERD emitida en el marco de la Comparación de Precios No. ME-CCC- CP-03-2017-GD, para la “Automatización de los procesos para la gestión documental y sus flujos del Viceministerio Administrativo y Financiero del MINERD”por haber sido interpuesta con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR en cuanto al fondo los alegatos presentados por la por la razón social Novosit, S.R.L. y el pedimento de declarar la nulidad del procedimiento, por Comparación de Precios No. ME-CCC-CP-03-2017-GD por los motivos señalados en el presente acto, especialmente los referidos en los párrafos 87, 88, 106, 133 y 134. TERCERO: DECLARAR que en el procedimiento de Comparación de Precios No. ME-CCC-CP- 03-2017-GD llevado a cabo para “Automatización de los procesos para la gestión documental y sus flujos del Viceministerio Administrativo y Financiero del MINERD”, el MINERD incumplió los preceptos legales enunciados en el párrafo 123. CUARTO: RECOMENDAR al Ministro de Educación, que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones de dicho Ministerio a participar en talleres de capacitación sobre el Clasificador Estándar de Productos y Servicios de las Naciones Unidas, a ser impartido por el Departamento de Registro de Proveedores de la Dirección General de Contrataciones Públicas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley No. 340-06 y su modificación; así como también ordene participar en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247- 12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. QUINTO: RECOMENDAR al Ministro de Educación, que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y el Comité de Compras y Contrataciones de dicho Ministerio, que, al momento de requerir, elaborar y aprobar un pliego de condiciones, fichas técnicas o términos de referencia, consideren especial atención y análisis en la determinación y definición del objeto a contratar, sus características particulares, las condiciones para su contratación y muy especialmente en el método de evaluación que se utilizará para verificar que la oferta presentada cumple con lo solicitado. Y en caso de necesitar asistencia técnica para identificar, diseñar y elaborar el pliego de condiciones, fichas técnicas o términos de referencia, procedan a solicitar colaboración a instituciones gubernamentales especializadas en el área en cuestión, auxiliarse de peritos externos contratados para tales fines o consultar a la academia y al mercado. SEXTO: REMITIR formalmente la presente resolución a las partes, Ministerio de Educación y las razones sociales Novosit, S.R.L. y Cizzko Internacional, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: REMITIR formalmente la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.