Error territorial formalizado después de la adjudicación inicial
· hace 1 año
El acta documenta que el SECP limitó la participación regional a Enriquillo y ordena continuar el proceso. Según el expediente aportado, la adjudicación inicial consta en el Acta 065-2024 del 27/11/2024, antes de esta declaración del 11/12/2024; conviene verificar si se habilitó una oportunidad efectiva para las ofertas que no pudieron cargarse, pues esta acta no consigna una medida de reapertura o corrección de la competencia.
“Que en el procedimiento de Excepción por Urgencias bajo la referencia UTEPDA-MAE-PEUR-2024-0001, se produjo un "error humano" al momento de la selección en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP)-Portal Transaccional digita”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
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